http://dx.doi.org/10.35381/s.v.v6i3.2229
Test psicológico como mecanismo legal para obtención de la prelibertad en delitos menores
Psychological test as a legal
mechanism to obtain pre-release in minor crimes
Vicente Daniel Robalino-Masabanda
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-9839-4823
Shirley Gabriela Abarca-Obregon
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6281-5262
Andrea Gabriela Suárez-López
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-6151-5006
Recibido: 15 de junio 2022
Revisado: 10 de agosto 2022
Aprobado: ‘15 de septiembre 2022
Publicado: 01 de octubre 2022
RESUMEN
Objetivo: Analizar el test psicológico como mecanismo legal para obtención de la prelibertad en delitos menores. Método: Se realizó test psicológico con personas que han cometido actos delincuenciales con violencia. Resultados y conclusiones: El resultado que se obtuvo delante del mencionado estudio, reflejo que los participantes que tenían mayor rasgo de psicopatía; en las cárceles de Ecuador no existe una organización ni tampoco una rapidez que den una clara fe seguridad jurídica ni de tutela efectiva, debido proceso con aquello nace la necesidad de no sacrificar derechos establecidos en la constitución por meras formalidades. La funcionalidad en la aplicación de un test es un punto clave, pero quien estaría encargado de realizar una posible aplicación sería el SNAI se podría añadir al reglamento en el artículo 254, numeral 7 un cambio fundamental el cual sería añadir la posibilidad que sea a elección voluntaria del PPL someterse al test psicológico.
Descriptores: Delincuencia; servicios legales;
psicología clínica. (Fuente: DeCS).
ABSTRACT
Objective: To analyze the psychological test as a legal
mechanism to obtain pre-release in minor crimes. Method: A psychological test was carried out with people who have
committed criminal acts with violence. Results
and conclusions: The result that was obtained in front of the mentioned
study, reflects that the participants who had a greater trait of psychopathy;
In the prisons of Ecuador there is no organization or a speed that gives a
clear faith legal security or effective protection, due process with that
arises the need not to sacrifice rights established in the constitution for
mere formalities. The functionality in the application of a test is a key
point, but who would be in charge of carrying out a possible application would be
the SNAI. A fundamental change could be added to the regulation in article 254,
numeral 7, which would add the possibility of choosing PPL volunteer to undergo
psychological test.
Descriptors: Delinquency; legal services; clinical psychology. (Source: DeCS).
INTRODUCCIÓN
El presente artículo toma en consideración los principales aspectos
sobre psicología jurídica teniendo en cuenta que la base de este artículo
crítico son las personas privadas de la libertad y la necesidad de un
procedimiento para agilizar su libertad sin un trámite extenso ni burocrático. La
humanidad desde los albores de su existencia ha enfrentado problemas de
naturaleza de comportamiento humano hacia las personas que les rodea o de su
entorno social sean políticos,
económicos, familiares, sociales, militar, estudiantil, etc., conllevando
aspectos de dureza de actos dañinos que han ocasionado y ocasiona perjuicios en
los derechos de las víctimas, que si bien es cierto que ocasiones han podido
ser detenidos y procesados y con ello declarados la culpabilidad en su accionar
siendo impuestos a cumplir una condena
por su culpabilidad luego del proceso.
La Constitución de la República, considera que el artículo 82, “El
derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y
en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por
las autoridades competentes.”. El artículo de la carta magna sobre seguridad
jurídica un referente esencial en este artículo ya que nos dice que con
respecto a la constitución existen normas jurídicas previstas claras y públicas
pero en este sentido dice que tendrán que ser aplicados por la autoridad
competente esto aplica en un estado de derecho constitucional como es el
Ecuador pero si nos referimos claramente al aspecto de una seguridad jurídica
nos damos cuenta que este derecho está siendo violentado a las personas
privadas de libertad en el marco legal ya que si hablamos desde normas
jurídicas previstas las previstas de cierto están inscritas pero claras claramente
nos podemos dar cuenta que en las cárceles de Ecuador no existe una
organización ni tampoco una rapidez de una celeridad procesal 1.
Psicología legal
La rehabilitación social de
un PPL y posterior re reinserción a la sociedad con los antes mencionados
beneficios que le otorgan y lee facultad el ordenamiento jurídico ecuatoriano
por lo general la terapia sugerida para este tipo de cuadros conductuales en
reinserción tienden a tener una personalidad qué es límite muchos de estos
síntomas pueden llegar a ser la impulsividad o la inestabilidad emocional lo
cual es un factor importante el modelamiento tiene como principal enfoque
modificar la conducta a través de pequeños pasos que conlleven a una nueva y
mejorada conducta, por lo que se busca aproximaciones sucesivas en base a las
respuestas emitidas por el sujeto y se produce una respuesta final 2.
En este sentido para
iniciar una reinserción a la sociedad con un proceso rápido y efectivo el cual
es posible relacionar con la terapia dialéctica conductual la cual podría
derivar en un test de un para la recuperación de su libertad de una
manera rápida efectiva y oportuna la
terapia cognitivo conductual surge
del modelo teórico
del aprendizaje y
aunque su campo
de aplicación es
amplio, su utilidad
en el tratamiento
de trastornos psicológicos derivados
de la perturbación emocional 3.
La estimación de parámetros
influirá en gran medida en la fase posterior de evaluación el ajuste del modelo
teórico especificado. A este respecto, ante las dificultades que plantea el uso
de escalas tipo Likert. Con ello posteriormente podremos tener una estimación
personalizada de parámetros tanto en la matriz del test como en sus categorías 4.
Este método fue creado y
diseñado por Marshall Linehan en el anterior siglo entre sus principales puntos
estaba el desarrollar una habilidad fundamental en el ser humano Psicosociales
hola a lo largo del tiempo los avances científicos han sido fundamentales para
este tipo de terapias y métodos factores tan esenciales al adaptándose a la
edad moderna que ha tenido cambios significativos recalcando que la humanidad
avanza.
Por ende, también todos los
avances científicos desde el punto humanos son válidos en este caso específico
las condiciones clínicas las cuales pueden llegar a ser tan simples pero
imperceptibles para la sociedad en común pero si la observamos más
detenidamente las conductas suicidas como factor social no hay que asombrarse
que cualquier ser humano las desarrolle y mucho peor una persona que está
privada de su libertad posteriormente es predecible que tal vez desarrollen
depresión la depresión en la actualidad es más común que muchas otras psicopatologías
y para finalizar en este apartado los trastornos alimenticios pueden ser otro
indicador que que algo sucede en este sentido los seres humanos muestra un
patrón de comportamiento 5.
Como los impulsos pueden
llegar a ser negativos en PPL al momento que ingresan a un centro de privación
de libertad ellos tienen la consigna inmediata en su gran mayoría de veces de
querer salir pero tienen la facultad legal de acceder al régimen de prelibertad
o semi abierto pero realmente están preparados para ser reinsertados a la
sociedad muchas de las veces no pero es difícil saberlo aunque los informes
digan que sí los PPL por decirlo un ejemplo tienen fases la primera fase es la
negación no aceptan entrado a una cárcel la segunda fase es la aceptación una vez
que me aceptado que están cumpliendo una pena además de que las penas son muy
cortas por muchos delitos en el país ellos tienen la consigna inmediata de que
pueden salir en libertad o de un régimen semi abierto de manera pronto por así
decirlo dentro de un tiempo que ellos mismos ya lo calculan y hoy nace la
mentalidad criminal de ellos ya que ellos podríamos decir lo que antes de salir
ya piensan en volver a delinquir.
Desde su patrón de conducta
y comportamientos al momento de que se realice una valoración para dejarlo en
libertad la persona privada de la libertad va a mentir en muchas de las
preguntas que se realicen y aquí es un factor importante el déficit de
psicólogos que existe a nivel nacional evita una evaluación al PPL certera lo
que podría originar que vuelva a reincidir en el delito y reingresa a privación
de libertad esto podríamos decir lo que es algo extremo y rápido que cayó en
residencia por falta de una reinserción verdadera y hay que regresamos a mi
punto inicial un test de triple lado que no solamente ayude acelerar la
obtención de su libertad sino que también detecte sino debe ser reinsertado a
la misma y la tercera sería quitar una corrupción posiblemente en las
valoraciones psicológicas a los personas privadas de la libertad.
Muchas de las condiciones y
patologías mentales que presenta impulsividad podrían ser las adicciones que
muy probablemente las adquirieron antes de ingresar al centro de privación de
libertad o en el mismo lo cual puede conllevar a otro punto que termine siendo
o bien personas bipolares o al otro extremo personas con una personalidad lima
hasta cierto punto muchas personas que se encuentran en los centros carcelarios
no deberían recuperar su libertad sin haberse rehabilitado no sé totalidad pero
aquí viene un factor casi contradictorio ya que muchos juristas en el ámbito
podrían decir que por un mero trámite no se puede sacrificar un derecho
constitucional hasta cierto punto y reglamentario.
Al respecto, vale la pena
acelerar un proceso para que una persona obtenga la libertad con el riesgo de
que salga y haga daño a la sociedad las personas que cometen actos
delincuenciales según el estudio del test de Anilla dicen que tienen rasgos muy
impulsivos además investigación Factores protectores y de riesgo asociados a las
conductas delictivas tienden a sufrir angustia y agresividad, pero en muchos de
los casos se adaptan al medio qué es la violencia 6.
Un nuevo hecho es que aquí
nace una nueva visión del problema en el contexto ecuatoriano la crisis
carcelaria un sistema casi obsoleto para la reinserción social las cárceles del
país de aquí nace una duda la cual es un poco difícil de responder el gobierno
a través de un decreto ejecutivo otorga indultos a las personas privadas de la
libertad los cuales son según el decreto presidencial No 355 en medio de una
crisis carcelaria acaso se la facultad constitucional de los indultos
saltándose así todo proceso debieron
haber tenido para ser recetados de la sociedad si bien es cierto tendría que
cumplir con ciertos requisitos pero no los cumplieron los ordinarios de este
modo nos damos cuenta que incluso las cárceles han terminado siendo politizadas
y no podemos hablar de una reinserción social real de una persona privada de la
libertad cuando en su momento podían salir sin mayor complicación.
MÉTODO
Se realizó Test psicológico con personas que han cometido actos delincuenciales con violencia
exactamente 268 hombres; el cuál fue el resultado que se obtuvo delante del
mencionado estudio los participantes que tenían mayor rasgo de psicopatía.
(Journal of Criminal Justice,2020). Se encuentra una correlación entre rasgos
psicopáticos y una falta de regulación emocional dando muchas teorías abiertas
que se podrían considerar, pero se llega a una sola conclusión que tienen una
desregulación emocional además de un desorden mental con sus proyecciones de
vida 7.
RESULTADOS
Se establece que los derechos
humanos de las personas privadas de libertad son un análisis doctrinario y
normativo en contraste con la realidad penitenciaria, según un aporte
estadístico se puede observar un alto índice de hacinamiento, cuya consecuencia
es la violación de los derechos fundamentales que asisten a la población
reclusa. La necesidad de establecer derechos mínimos para el tratamiento de las
personas privadas de libertad se sustenta en la dignidad humana, atributo que
no se pierde con la limitación de la libertad y de aquí se explica el afán de
la comunidad internacional de conminar a los gobiernos para que protejan y
garanticen, a través de la norma jurídica, los derechos fundamentales que
tienden a propiciar condiciones básicas que aseguran una calidad de vida digna
en prisión8.
En conclusión, la base jurídica existe para la protección de los
derechos mínimos de las personas privadas de libertad, pero se ha quedado en
meros actos declarativos que requieren de la voluntad del Gobierno, plasmada en
políticas públicas que permitan la eficiencia y eficacia de la norma ya que con
la Constitución de la República del Ecuador vigente desde el 2008, Ecuador hace
un cambio de paradigma al consagrar el Estado ecuatoriano como un “Estado
Constitucional de derechos” con lo cual, se da supremacía a los derechos de las
personas sobre la norma y el Estado mismo.
En ese orden de ideas, existe una
investigación con jóvenes infractores
finiquitaron que la conducta antisocial y las funciones ejecutivas mantienen
una relación existente entre conducta delictiva y la disfunción ejecutiva,
dándose por una lesión en el córtex prefrontal, ocasionando alteración en las
funciones ejecutivas, siendo esto un componente desencadenante para el comienzo
de hechos delictivos 9.
En esta investigación se aprobó la hipótesis nula, es decir, que no
existe relación entre las funciones ejecutivas y la conducta psicopática, no
obstante, de acuerdo a los datos obtenidos mediante la aplicación de los
instrumentos psicológicos, es importante destacar que la mayoría tuvo un
puntaje bajo y muy bajo en la variable de conducta psicopática, sin embargo,
han cometido delitos contra la vida debido a la impulsividad causada en un
momento de ira, donde el manejo de emociones es escaso, lo cual es predecible
teniendo en cuenta el estilo de crianza de los sujetos y las situaciones a las
que han sido expuestos, por lo 78 que se trata de un factor determinante para
cometer hechos delictivos, demostrando que influye notablemente el contexto
social en el que se desarrollaron.
CONCLUSIÓN
El Reglamento del sistema nacional de rehabilitación social, considera
que el artículo 254, numeral 7 Informe psicológico es fundamental para otorgar
la libertad en el régimen semi abierto.
Por otra parte, la Constitución de la República, considera que el
artículo 82, “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a
la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras,
públicas y aplicadas por las autoridades competentes.”. Hablando en el marco
legal desde normas jurídicas previstas las previstas de cierto están inscritas
pero claras claramente nos podemos dar cuenta que en las cárceles de Ecuador no
existe una organización ni tampoco una rapidez que den una clara fe seguridad
jurídica ni de tutela efectiva, debido proceso con aquello nace la necesidad de
no sacrificar derechos establecidos en la constitución por meras formalidades. 10 1.
Funcionalidad en la aplicación de un test es
un punto clave, pero quien estaría encargado de realizar una posible aplicación
sería el SNAI se podría añadir al reglamento en el artículo 254, numeral 7 un
cambio fundamental el cual sería añadir la posibilidad que sea a elección
voluntaria del PPL someterse al test psicológico de esta forma no se
violentaría el debido proceso ni la seguridad jurídica.
Los autores declaran
que no tienen conflicto de interés en la publicación de este artículo.
No monetario.
AGRADECIMIENTO.
A la Universidad Regional
Autónoma de los Andes; por impulsar el desarrollo de la investigación.
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2022 por los autores. Este artículo es de
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