https://doi.org/10.35381/i.p.v5i1.2654

 

 Las reformas tributarias y la ley de régimen tributario en las PYMES del Ecuador

 

Tax reforms and the tax regime law in SMEs in Ecuador

 

Raquel Virginia Colcha-Ortiz

raquelco04@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-3252-9158

 

Bayron Ramiro Pinda-Guanolema

ua.bayronpinda@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-6222-550X

 

Ariel José Romero-Fernández

ua.arielromero@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-1464-2587

 

Diego patricio Gordillo-Cevallos

ua.diegogordillo@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-6953-5933

 

 

Recibido: 15 de enero 2023

Revisado: 20 marzo 2023

Aprobado: 15 de abril 2023

Publicado: 01 de mayo 2023

 

 

 

 

RESUMEN

La presente investigación tuvo como objetivo a analizar el impacto que han generado las reformas tributarias y la ley de régimen tributario en las Pymes de la Provincia de Chimborazo. El estudio realizado es una investigación descriptiva, ya que se pretenden detallar las ventajas y desventajas que generó el aplicar las reformas tributarias en las PYMES del Ecuador. En cuanto a los resultados, se logró determinar que las reformas tributarias han influenciado significativamente en el proceso productivo de las microempresas, debido a que incide en su estabilidad económica y financiera. Como conclusión, la simplificación en el pago de los impuestos no genera mayor ventaja para los contribuyentes, ya que estaban acostumbrados a un régimen mensual, por lo que tuvieron que acoplarse a una medida de ahorro para cancelar los valores generados semestralmente; así también, este tipo de impuestos que están direccionados a los microempresarios incumplen con ciertos principios tributarios.

 

Descriptores: Reformas administrativas; tributación; proceso; productividad; impuestos. (Tesauro UNESCO).

 

 

ABSTRAC

The objective of this investigation was to analyze the impact that tax reforms and the tax regime law have generated on SMEs in the Province of Chimborazo. The study carried out is a descriptive investigation, since it is intended to detail the advantages and disadvantages generated by applying the tax reforms in SMEs in Ecuador. Regarding the results, it was possible to determine that the tax reforms have significantly influenced the productive process of microenterprises, because it affects their economic and financial stability. In conclusion, the simplification in the payment of taxes does not generate a greater advantage for taxpayers, since they were accustomed to a monthly regime, so they had to join a savings measure to cancel the amounts generated every six months; likewise, this type of tax that is addressed to micro-entrepreneurs fails to comply with certain tax principles.

 

Descriptors: Administrative reforms; taxation; process; productivity; taxes. (UNESCO Thesaurus).

 

 

 

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo se orienta a analizar el impacto que han generado las reformas tributarias y la ley de régimen tributario en las Pymes de la Provincia de Chimborazo, ya que tras la pandemia de COVID-19 se marca un precedente en la estructura económica del país. Sin embargo, el Producto Interno Bruto del país (PIB), presentó un crecimiento de 0.5% en el tercer trimestre del año 2021, en referencia al trimestre anterior según datos tomados de las Cuentas Nacionales del Banco Central. Dicho crecimiento económico se debe a un mejor desempeño de tres indicadores que son importantes; el consumo de los hogares que presentó un aumento del 11%, las inversiones con un ascenso del 7.8% que se representan como formación bruta de capital fijo (FBKF) y el gasto del gobierno que generó un alza del 3.3%. (Cueva, 2021).

Cabe recalcar que este análisis se realiza en cuanto a la caída que se presentó en el tercer trimestre del año 2020, en donde se constató una reducción del PIB del 9.1%, siendo un impacto económico significativo para el país. Esto se debe a que por causa de la pandemia se tuvieron que realizar varias restricciones de movilidad y confinamiento para evitar su propagación, además es importante hacer énfasis en que la economía se encontraba en un proceso de estancamiento, puesto que durante el tercer trimestre del año 2019 se registró una variación de apenas el 0.03%. (Cobo, 2021).

Según Callen (2008), el PIB calcula el valor monetario de los bienes y servicios que adquieren los consumidores finales que son producidos y ofertados por un país en un lapso de tiempo establecido para el análisis, que por lo general se lo mide trimestralmente, además toma en consideración los servicios que son brindados por parte del gobierno como, por ejemplo: salud, educación y seguridad.

Por otra parte, Sevilla (2012), analiza al PIB como el indicador que mide la producción total de un país, por lo que considera que su cálculo se torna bastante complejo, debido a que se deben sumar todos los bienes y servicios finales, considerando todas las ramas de comercio formal del país, pero existen algunos datos que no se incluyen en este cálculo, porque simplemente es imposible contabilizarlos como son los bienes de autoconsumo o la llamada economía sumergida. Tras lo expuesto por estos dos autores se puede concluir que el PIB, es el resultado de toda la producción de un país surtiendo efecto en su riqueza económica, es decir que en cuanto mayor sea el PIB del país, mayor es su capacidad monetaria, creando mayor facilidad para generar inversión y empleo.

Debido a la Pandemia del COVID-19, se generó un cambio en la matriz productiva del Ecuador y del mundo, por lo que para la CEPAL (2020), la crisis económica sacude a una estructura empresarial y productiva que presenta debilidades acumuladas por años en los países de América Latina y el Caribe. Dicho impacto se ve amplificado por la debilidad de la estructura productiva, que antes de la pandemia presentaba una heterogeneidad estructural que imposibilitaba seriamente su desarrollo económico y sustentable, por lo que la pandemia maximiza las tensiones sociales, ambientales, económicas y productivas. Motivo por el cual la coyuntura plantea mitigar lo antes posible la destrucción de sus capacidades de reacción frente a una crisis, sin dejar de lado la necesidad de incrementar de manera sostenida, la productividad del país mediante la innovación y desarrollo.

Por otro lado Ramos, Gordón y Ramírez (2020) presentan otro enfoque en cuanto a los efectos provocados por el Covid-19 en la red productiva ecuatoriana, donde nos indican que ante el surgimiento inesperado del virus, Ecuador sufrió un choque de oferta que le impidió producir sus bienes y servicios como efecto del confinamiento repentino y la paralización de las actividades productivas, que iban relacionadas con la interrupción del comercio internacional, dado que las importaciones y exportaciones disminuyeron en un 15% aproximadamente, provocando un choque de demanda extrema, reducción constatada por la CEPAL.

Bárcena (2020), nos indica que debido a la crisis la incertidumbre de los ciudadanos aumentó, creando un cambio conductual que se traduce en una reducción significativa del gasto en el consumo de capitales, bienes y servicios. El Banco Central del Ecuador, emitió un comunicado en el que se reflejó un impacto interno de pérdida en la economía por $5.248,5 millones de dólares para el sector privado y $1.013,6 millones de dólares para el sector público en el segundo trimestre del año 2020.

Para Collosa (2020) es importante que una reforma tributaria cuente con ciertos aspectos que garanticen un sistema tributario ideal, entre los que se pueden resaltar: la justicia y equidad en los tributos, neutralidad para promover la economía evitando afectar a los agentes económicos, certeza para determinar normas precisas y claras, economicidad en los costos de administración de dicho sistema y estabilidad que brinde seguridad jurídica.

Díaz (2015) Considera que se debe estatuir los ingresos públicos y los impuestos, con la finalidad de reducir la desigualdad, mediante una equidad en el impuesto a la renta personal, siempre y cuando se analice en forma conjunta el gasto público del país y lo que se conoce como gastos tributarios, que son los ingresos que el Estado deja de percibir al generar un tratamiento impositivo que se aparta del establecimiento con carácter general en la legislación tributaria, con el objetivo de beneficiar a actividades específicas, destinos o contribuyentes.

Por tal motivo el gobierno ecuatoriano crea el Régimen tributario para las PYMES, que según la Superintendencia de Compañías las definen por ser entidades administradas por una persona natural o jurídica, que está orientada a realizar una actividad en el sistema productivo del país encargado de comercializar bienes o servicios. Según “La ley de compañías mediante el artículo 428, en Ecuador, se establece que las Pymes pueden ser asociaciones de formalidades. Y a su vez exige que todas estas unidades de negocio deben cumplir con lo establecido en la Ley de Régimen Tributario Interno y RUC”.

Actualmente las Pymes juegan un papel muy importante en los países en vías de desarrollo como en los industrializados, ya que contribuyen a la matriz productiva y económica del país que son generadoras de empleo y promueven el progreso de su entorno local, además pueden convertirse en un importante complemento de una empresa grande al ofertarle productos o servicios complementarios. (Braidot, Formento y Nilconi, 2023).

Varios enfoques de diferentes autores han procurado definir al segmento PYMES, coincidiendo en que son sectores heterogéneos, que se caracterizan por su inconsistencia ya que se dan constantes desapariciones y nacimientos de firmas que confiere la dinamización de la economía. (Kinnear y Taylor, 2000). Según el Instituto de Estadísticas y Censos INEC (2021), las PYMES se caracterizan por tener un bajo uso de la tecnología, poca capacidad económica, niveles bajos de productividad, uso intensivo de mano de obra, reducida división de trabajo, poca capacidad de ahorro y un nivel limitado de acceso a los servicios financieros y de inversionistas.

Por tal motivo, se considera que estas empresas contribuyen a la dinamización de la economía local con repercusión nacional, ya que para conformar este tipo de organizaciones se requiere de un capital reducido lo que les permite ser versátiles frente a los cambios del mercado, además el 87% de las PYMES se originan del patrimonio familiar, con el objetivo de ser dueños y trabajar para su propia empresa como una forma de ser independientes en un mercado laboral cada vez más complejo y competitivo.

En el Censo Nacional Económico 2010 realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INEC), clasifica a las empresas otorgándoles una tipología de acuerdo al número de personas que la conforman, dando como resultado que una microempresa es la que está conformada por 1 a 9 personas, mientras que una empresa es considerada como pequeña cuando tienen de 10 a 49 empleados, una mediana va conformada por 50 a 199 trabajadores y una empresa grande por más de 200 colaboradores.

Se considera que las PYMES forman parte fundamental en el crecimiento y desarrollo de la economía del país, representando el 84,3% del total de establecimientos conformados en Ecuador, mientras que la gran industria posee el 15,7%, las Pymes generan el 37,7% de las fuentes de empleo y la gran industria genera el 62,3%, lo que permite que se dinamice y se distribuya de mejor manera la riqueza del país (Nicola, 2015).

Para profundizar en el tema de estudio se ha tomado en consideración a  las PYMES que se desempeñan en el cantón Riobamba según el censo económico del 2010, determinando que el 96% tienen de 1 a 9 colaboradores, situándolas en la clasificación de microempresas, el restante que representa al 4% son pequeñas empresas que cuentan de 10 a 49 trabajadores, además cabe recalcar que en la provincia de Chimborazo funcionan 1.799 PYMES que dan trabajo a 5.557 personas de acuerdo al último censo económico que se realizó en el país.

Tras el análisis realizado por Cardona (2011), se puede establecer que las ventajas competitivas de las PYMES de la provincia de Chimborazo son: la imagen de una empresa seria que cumple con los plazos establecidos, rapidez, calidad en los servicios y productos, la capacidad de innovación ya que cuentan con la flexibilidad para desarrollar nuevos productos y servicios que vayan acorde a las necesidades de los clientes, diseños innovadores, capacidad para fidelizar a los clientes, buenas estrategias de marketing y comercialización y un excelente servicio postventa. Tras lo expuesto anteriormente, se puede determinar que el objetivo del presente estudio es determinar el impacto en las Pymes del Ecuador, tras la aplicación de las Reformas Tributarias y la Ley de Régimen Tributario, con el fin de determinar las ventajas y desventajas.

 

 

 

 

MÉTODO

El estudio realizado es una investigación descriptiva, ya que se pretenden detallar las ventajas y desventajas que generó el aplicar las reformas tributarias en las PYMES del Ecuador, en este tipo de investigación se pretende narrar, mostrar, identificar o reseñar rasgos, hechos, situaciones o características del objeto de estudio y se soporta mediante las técnicas como la entrevista, observación, encuesta y revisión documental. De igual forma se realiza un trabajo de revisión bibliográfica, con el objetivo de revisar las obras de varios autores relacionados con el tema de estudio, así como también bibliografía especializada, artículos y examinar la ley de régimen tributario para las microempresas ubicadas en la Provincia de Chimborazo.

 

ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

En el Ecuador se requiere del uso de normas para el pago de impuestos por parte de las personas naturales que están regidos al régimen impositivo para microempresas y jurídicas que tengan las características de pymes, según lo establecido por la ley. Según la Ley Orgánica de Simplificación 6 y Progresividad Tributaria que consta en registro oficial suplemento N° 111, se plantearon las siguientes reformas: Ley del Régimen tributario Interno, según el artículo 38 de la inclusión del Régimen Impositivo para Microempresas; en el artículo 97.15 de la ley antes expuesta, haciendo énfasis en lo siguiente: Art. 97.6 Régimen para microempresas se establece un régimen impositivo, que se aplica a los a los consumos especiales, al valor agregado, impuestos a la renta, y las pymes, tomando en consideración a las personas que innovan en el sector productivo y que cumplen con el régimen de microempresas, de acuerdo a las normativas vigentes de la ley. ( Asamblea Nacional del Ecuador. Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, 2019)

Para que se pueda aplicar la Ley de Régimen Impositivo en las microempresas, conjuntamente con la Ley de Régimen Tributario, los contribuyentes se deben someter al régimen para microempresas, que incluyen a personas naturales o jurídicas del Ecuador, así como también a establecimientos permanentes de sociedades extranjeras, incluidos los emprendedores, que cumplan con las condiciones antes expuestas en el Código Orgánico de la Producción, según el artículo 253.1 del Reglamento.

La base imponible de los impuestos a la renta para microempresas, va relacionado a los ingresos brutos provenientes de la actividad empresarial, por tal motivo se restarán los descuentos o devoluciones bajo cualquier modalidad, a este resultado, se le deberá sumar o restar los ajustes de generación y/o revisión por efecto de aplicación de impuestos diferidos.

No se incluirán los ingresos que correspondan a actividades sujetas al impuesto a la renta único, los cuales deberán liquidarse en la forma prevista en la Ley de Régimen Tributario Interno. Al régimen impositivo para microempresas le serán aplicables los beneficios tributarios relacionados con los ingresos previstos en la normativa legal vigente actual.

Según el Régimen Impositivo para Microempresas, las entidades deben hacer frente a la nueva tarifa impositiva del 2%, sin contar con el resultado del ejercicio fiscal, los intereses y las multas que se puedan generar, lo que genera grandes conflictos para los contribuyentes que dejan de ser agentes de retención en varias ocasiones y sus declaraciones pasan de ser mensuales a ser semestrales, por lo cual deben crear un fondo económico para cubrir con sus obligaciones semestrales del IVA, motivo por el cual es importante conocer el impacto que ha generado esta ley en las microempresas del país (Campos, Arguello y Villacis, 2020).

Es importante exponer que para el año fiscal 2019, las microempresas pagaban un impuesto a la renta del 22% sobre sus utilidades, mientras que según la ley expuesta anteriormente actualmente se paga el 2% sobre sus ingresos brutos, considerando los ingresos de su actividad empresarial, mientras que los ingresos que han generado las microempresas mediante un ejercicio económico diferente al habitual, deberán ser sujetos al régimen general del impuesto a la renta y su aplicación será imperativa. (Santillán, Ushca, Caicedo y Velasco, 2020)

Al régimen impositivo para microempresas le son aplicables los beneficios tributarios que están relacionados con los ingresos previstos en la normativa legal vigente, para la liquidación y pago semestral del IR se computa de la siguiente manera: se calcula el 2% de las ventas netas de la actividad económica, menos las retenciones en la fuente que se hubieran efectuado sobre las ventas, lo que generará como resultado el valor a pagar de forma semestral.

En el ejercicio fiscal 2020 están registradas aproximadamente 52.000 empresas bajo el control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros SUPERCIAS, que entran en la clasificación de microempresas en el Ecuador, de este total aproximadamente 25.727 empresas constan como microempresas publicadas por el SRI, por tal motivo se ha desarrollado un cuadro que simplifica el estudio, haciendo referencia al costo por el IR bajo el nuevo régimen de microempresas, tomando en consideración los valores declarados por las microempresas, ejercicio fiscal 2019, (Yance, Granda, Burgos y Hermida, 2020).

 

DISCUSIÓN

Se considera que esta ley es una justa imposición, debido a que no todas las microempresas generan ingresos altos, puesto que existen otras que generan más gastos, motivo por el cual se ha podido observar que tipo de impuestos que han sido direccionados a las microempresas incumplen con algunos principios tributarios, entre el que se puede mencionar que las cargas tributarias deben efectuarse con base a las riquezas que produce, siendo un precedente que afecta a sus derechos y al pagar el 2% del impuesto a la renta sobre sus ingresos brutos no aplica reducción alguna, además si la microempresa genera pérdidas durante su ejercicio deberá cumplir con el pago de dicho impuesto.

Tras analizar las ventajas y desventajas que genera la implementación del nuevo Régimen Impositivo para las microempresas crea una reacción negativa por parte de los contribuyentes, debido a que en primer lugar desconocen el proceso que deben seguir para su declaración y pago de impuestos, además que el pago del 2% de sus ingresos totales sin tomar en consideración los costos y gastos que le genera su negocio afecta significativamente a las PYMES, ya que debido a la situación económica por la que está atravesando el país muchas de estas organizaciones no generan rentabilidad y aun así deben cancelar dicho monto. (Becerra y Calle, 2020)

De acuerdo a los datos recaudados durante la presente investigación se pudo constatar que existe cierta discrepancia en el ámbito de los beneficios tributarios para las PYMES, debido a que para el estado ecuatoriano los cambios tributarios son el resultado del aumento de las recaudaciones tributarias que aportan económicamente al país. Sin embargo, esta ley ha generado ventajas y desventajas que se deben analizar más a profundidad para buscar una equidad en cuanto al pago de los impuestos, ya que son los microempresarios los que deben adaptarse a los continuos cambios que se estipulan.

En el contexto de microempresas se toman en consideración a los emprendedores, sociedades, pequeños comerciantes, e incluso personas naturales que generaron ingresos brutos de hasta $300.000(Trecientos mil dólares americanos), siempre y cuando la actividad que desempeñan se encuentra dentro del listado del nuevo régimen. Dichas reformas señalan que las PYMES no forman parte del grupo de agentes de retención y sus declaraciones las deben realizar semestralmente, dando como resultado que el pago de los impuestos se acumula, generando un período de liquidez.

El valor que se debe pagar por concepto de Impuesto a la Renta se calcula en base al 2% de los ingresos netos, lo que se ha evidenciado como una repercusión para los emprendimientos, ya que se deja de lado la utilidad o pérdida que se genera en el período fiscal o inclusive los costos o gastos en los que se incurren para generar el producto o servicio ofertado.

De acuerdo a la información obtenida tras la revisión bibliográfica, se puede establecer que existen ciertas discrepancias en el ámbito de los beneficios tributarios, ya que para el estado ecuatoriano los cambios tributarios representan al aumento de recaudación tributaria que aporta positivamente en la economía del país, sin embargo, las PYMES deben asumir las ventajas y desventajas de esta ley, por ende, deben adaptarse a los continuos cambios que son estipulados por los órganos de control, en cuanto a las normas tributarias.

 

CONCLUSIONES

Se puede determinar que las reformas tributarias han influenciado significativamente en el proceso productivo de las microempresas, debido a que incide en su estabilidad económica y financiera. Se ha considerado que esta reforma, en términos generales se crea para alcanzar el éxito de la administración tributaria y lograr potencializar los recursos económicos y sociales a los que pueden acceder por medio de los sistemas tributarios; además de que como país pueden evitar la evasión y elusión del fisco, posibilitando la reducción de los impuestos de manera eficiente, eficaz y justa, haciendo que los niveles de ingresos sean sostenibles.

Es importante recalcar que esta ley pretende instaurar varios beneficios y ventajas para las microempresas, con su propósito de facilitar y simplificar el pago de sus impuestos, por este motivo se crea como un tipo de incentivo para promover y establecer un comportamiento responsable en las actividades comerciales, para ello se debe considerar la información que emiten los organismos estatales, ya que existe un bajo nivel de comprensión sobre el nuevo proceso tributario, uno de los motivos principales es que el SRI emitió un nuevo catastro sin previa información por lo que varios microempresarios desconocían dicha normativa.

Se puede considerar que la simplificación en el pago de los impuestos no genera mayor ventaja para los contribuyentes, ya que estaban acostumbrados a un régimen mensual, por lo que tuvieron que acoplarse a una medida de ahorro para cancelar los valores generados semestralmente, así también, este tipo de impuestos que están direccionados a los microempresarios incumplen con ciertos principios tributarios, el más relevante es en el que las cargas tributarias deben efectuarse con base en las riquezas que se produce, en este caso se presenta una vulnerabilidad de derechos ya que el pago del impuesto a la renta es del 2% del total de los ingresos, por lo que no se aplica ninguna deducción de impuestos, además aunque la empresa reporte pérdidas debe cumplir con este pago.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A los actores que ofrecieron su valioso aporte en el suministro de la información para realizar el estudio.

 

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Asamblea Nacional del Ecuador. (2019).  Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria. [Organic Law of Tax Simplification and Progressivity ]. https://n9.cl/yfzm5

 

Bárcena, A. (2020). Los efectos del COVID-19 sobre el comercio internacional y lalogística. [The effects of COVID-19 on international trade and logistics ]. Comisión económica para América Latina y el Caribe. https://n9.cl/w48w1

 

Becerra y Calle. (2020). Análisis de efectos tributarios en las Mipymes. Una perspectiva e impacto del conocimiento de la Ley de simplificación y progresividad tributaria. [Analysis of tax effects on MSMEs. A perspective and impact of the knowledge of the Tax Simplification and Progressivity Law]. Conciencia Digital, 21. https://n9.cl/tgm93

 

Braidot, Formento y Nilconi. (2023). Desarrollo de una metodología de diagnóstico para empresas PYMES industriales y de servicios: Enfoque basado en los sistemas de administración para la calidad total. [Development of a diagnostic methodology for industrial and service SMEs: Approach based on management systems for total quality]. Buenos Aires - Argentina: Universidad Nacional de General Sarmiento. https://n9.cl/74jng

 

Cardona, E. (2011). Estrategias basadas en los Recursos y Capacidades. Criterios de evaluación y el proceso de desarrollo .[Strategies based on Resources and Capacities. Evaluation criteria and the development process]. Fórum Doctoral , 4-8. https://n9.cl/qbe3k

 

CEPAL. (2020). El desafío social en tiempos del COVID-19 . [The social challenge in times of COVID-19]. Santiago: Comisión económica para América Latina y el Caribe. https://n9.cl/yhv4c

 

Huilcapi, Troya, y Ocampo. (2020). Impacto del COVID-19 en la planteación estratégica de las pymes ecuatorianas. [Impact of COVID-19 on the strategic approach of Ecuadorian SMEs ]. RECIMUNDO, 10. https://n9.cl/9qfp3

 

Campos, Arguello, Villacis. (2020). Nuevas reformas tributarias y su impacto en la economía del Ecuador.  [New tax reforms and their impact on the economy of Ecuador ]. Revista Científica FIPCAEC, 11 - 13. https://n9.cl/abjby

 

Nicola, L. (2015). Análisis sectorial de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) de la Provincia del Guayas. [Sectoral analysis of micro, small and medium-sized enterprises (MIPYMES) in the Province of Guayas]. Guayaquil - Ecuador: Universidad de Guayaquil. https://n9.cl/dvl5t

 

Ramos, Gordón y Ramírez. (2020). Efectos provocados por el COVID-19 en la red productiva ecuatoriana. [Effects caused by COVID-19 in the Ecuadorian productive network ]. Cuestiones Económicas, 1-7. https://n9.cl/92rus

 

Santillán, Ushca, Caicedo y Velasco. (2020). Incidencia de los ingresos tributarios en la economía ecuatoriana.[ Incidence of tax revenues in the Ecuadorian economy ]. Revista científica FIPCAEC, 19 - 20. https://n9.cl/1cnti

 

Sevilla, A. (2012). Producto Interno Bruto. Economipedia. [Gross domestic product. Economipedia ]. https://n9.cl/of0x

 

Yance, Granda, Burgos y Hermida. (2020). La importancia de las PYMES en el Ecuador. [The importance of SMEs in Ecuador]. Observatorio de la economía, 17. https://n9.cl/6gr7l

 

 

 

 

 

 

 

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