https://doi.org/10.35381/racji.v8i1.3323
Delitos de estafa a través de redes sociales en pandemia
Scam crimes through social networks pandemic
Oscar Eduardo Pallasco-Llerena
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0009-0006-0952-8209
Gladis Margot Proaño-Reyes
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-1653-5889
Ariel José Romero-Fernández
ua.arielromero@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-1464-2587
Recibido: 15 de mayo 2023
Revisado: 20 junio 2023
Aprobado: 15 de agosto 2023
Publicado: 01 de septiembre 2023
RESUMEN
El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente los delitos de estafa a través de redes sociales en pandemia. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Se apoyó en la revisión documental-bibliográfica. Además, se empleó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. Se aplicó una encuesta a 62 fiscales y agentes investigadores de la provincia de Tungurahua, a fin de obtener información útil y confiable para el desarrollo del presente artículo científico. Se concluye que, las causas determinantes que han provocado el incremento de los delitos de estafa a través de las redes sociales en el periodo de confinamiento de la actual epidemia son: la dispersión geográfica de las víctimas, una dificultad notoria para identificar y localizar a los autores de tales hechos, esto ha dado paso a la posible impunidad de determinadas conductas.
Descriptores: Redes sociales; pandemia; derecho penal. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The general objective of the research was to legally analyze the crimes of swindling through social networks in pandemic. The present research used the quantitative method which produces descriptive data, originating from data collection. It was supported by the documentary-bibliographic review. In addition, the inductive-deductive method was used. The analytical-synthetic method was also used. A survey was applied to 62 prosecutors and investigating agents of the province of Tungurahua, in order to obtain useful and reliable information for the development of this scientific article. It is concluded that, the determining causes that have led to the increase of fraud crimes through social networks in the period of confinement of the current epidemic are: the geographical dispersion of the victims, a notorious difficulty to identify and locate the perpetrators of such acts, this has given way to the possible impunity of certain behaviors.
Descriptors: Social networks; pandemic; criminal law. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
El importante avance que ha experimentado los medios de tecnología en los últimos tiempos da paso a las redes sociales que han llegado a convertirse en un poderoso instrumento que proporciona infinitas posibilidades de desarrollo y progreso. Mecanismos que en la actualidad han sido un medio de mayor prestancia para el comercio, donde se han generado hechos falsos, para que a través de las nuevas herramientas tecnológicas y mecanismos de comunicación se cometan un sin número de delitos informáticos (Barrios, 2014).
Según Jara et al. (2017) el delito electrónico, desde una amplia perspectiva se manifiesta como una conducta criminógena o criminal que en su realización hace uso de la tecnología electrónica ya sea como método, medio o fin. Las redes sociales han sido el medio para que delincuentes puedan realizar varias estafas en el desarrollo de la pandemia, con mecanismos frecuentes como la compraventa u ofrecimiento de varios servicios (Micheletti, 2019).
El Código Orgánico Integral Penal (2014) en el artículo 186 refiere a la estafa como el perjuicio que sufre una persona mediante actos simulados, entregando su patrimonio en forma voluntaria a cambio de hechos falsos, a través del uso de dispositivos electrónicos.
Con la aparición de nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) en la sociedad, los delincuentes a la par han iniciado nuevas formas para la comisión de delitos. Dentro de los delitos informáticos más usuales encontramos: el uso de redes sociales con fines sexuales, sabotaje informático, estafas, conductas dirigidas a daños lógicos (Camacho, 1987). Los delitos informáticos afectan a personas naturales y jurídicas que hacen uso de la tecnología informática y del internet, para ello es necesario implementar medidas de seguridad como la firma electrónica y la criptografía (Enríquez y Alvarado, 2015).
Las conductas delictivas más comunes en la red son aquellas destinadas a la compraventa de productos de segunda mano, las que exponen un modo de vida, relativos a la publicidad engañosa, entre otros, aunque el abanico delictivo se encuentra centrado en los delitos informáticos, ya que es la manera más óptima que ha encontrado el delincuente para general estafas sin necesidad de tener un encuentro cuerpo a cuerpo con la víctima (López Pesquera, 2018). Es así como dentro de los delitos informáticos se ha dificultado la localización de sus autores quienes de manera fácil alteran o eliminan datos personales (Corte Nacional de Justicia, 2017).
Las redes sociales se han transformado en un instrumento importante de comunicación a nivel personal, profesional o comercial. Con el punto de partida de sus características y diferentes tipos, se llega a la conclusión de que el vínculo principal de este fenómeno social con el Derecho es determinar que lo social se integra de la suma de lo particular, es decir del usuario y, por tanto, los datos personales son la base fundamental del entorno legal que se llegare aplicar en caso de delitos informáticos (Agustinoy y Monclús, 2016). En estos últimos años la delincuencia ha logrado adaptase a las nuevas tecnologías y como consecuencia un mejor manejo de las redes sociales para su incursión en nuevas maneras de transgredir la norma (García, 2015).
La estafa informática se encuentra interrelacionada con el tema de manipulación, ya que se basa en el uso indebido de datos, buscando una posible alteración o manipulación de datos existentes en un sistema, delito cometido normalmente con fines de lucro. Por tanto, la estafa informática hace referencia a la acción engañosa que induce al error y a su vez tener una disposición de un patrimonio, existiendo una acción dolosa dentro del mismo (Devia, 2017).
En la presente investigación se plantea como objetivo general analizar jurídicamente los delitos de estafa a través de redes sociales en pandemia.
MÉTODO
La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). Se aplica una encuesta a 62 fiscales y agentes investigadores de la provincia de Tungurahua, a fin de obtener información útil y confiable para el desarrollo del presente artículo científico.
RESULTADOS
1. ¿El libre acceso a las redes sociales es una de las causas de incremento de los delitos de estafa en dichas plataformas?
Tabla 1.
Acceso a las redes sociales.
|
VARIABLES |
ALTERNATIVAS |
PORCENTAJE |
|
Si |
60 |
95% |
|
No |
2 |
5% |
|
Total |
62 |
100% |
Elaboración: Los autores.
En cuanto a la pregunta sobre si el libre acceso a las redes sociales es una de las causas de incremento de los delitos de estafa en dichas plataformas, el 50% de los fiscales y agentes investigadores de la provincia de Tungurahua ha manifestado que en realidad el libre acceso que tienen las personas a las redes sociales ha sido unas las principales causas para el incremento de delitos de estafa en redes sociales, mientras que el 50% restante cree que no es una causa determinante para que exista un incremento considerable.
2. ¿Existe una sanción en el Código Orgánico Integral Penal para este tipo de delitos?
Tabla 2.
Sanción.
|
VARIABLES |
ALTERNATIVAS |
PORCENTAJE |
|
Si |
31 |
50% |
|
No |
31 |
50% |
|
Total |
62 |
100% |
Elaboración: Los autores.
Los fiscales y agentes investigadores de la provincia de Tungurahua en torno a la pregunta de sí existe una sanción en el Código Orgánico Integral Penal para este tipo de delitos, el 100% ha manifestado conocer cuál es la pena estipulada en la normativa para dicho comportamiento delictivo.
3. ¿Los delitos de estafa mediante las redes sociales quedan en la impunidad?
Tabla 3.
Estafa.
|
VARIABLES |
ALTERNATIVAS |
PORCENTAJE |
|
Si |
62 |
100% |
|
No |
0 |
0% |
|
Total |
62 |
100% |
Elaboración: Los autores.
Los encuestados consideran en un 80% que gran parte de denuncias por delitos de estafa mediante las redes sociales quedan en la impunidad, mientras que el 20% restante considera que los autores de este tipo de delitos tienen su respectiva sanción, considerando que no se ha permitido dejar en la impunidad a quienes han sido víctimas de estos hechos delictivos en tiempos de pandemia.
DISCUSIÓN
Los medios tecnológicos han ido avanzando tecnológicamente en cuanto a su innovación los mismos que han servido para el desarrollo de la sociedad, dentro de estos ha surgido las redes sociales con los dispositivos móviles, los cuales en la actualidad han sido el medio para cometer los llamados delitos informáticos como la estafa, y a partir de la actual pandemia se ha generado en forma masiva en el comercio global.
En el Ecuador dentro de las entidades de justicia, no se ha encontrado una metodología exacta de actuación por parte de los entes judiciales, como es el caso de la investigación de estos hechos cometidos a través de las redes sociales, por tanto se evidencia que los procesos se realizan bajo las mismas reglas de la investigación de los delitos comunes, en legislaciones como la de España cuentan con equipos especializados en delitos telemáticos con una Brigada de Investigación Tecnológica las cuales se han creado con el fin de investigar aquellos ilícitos que se comenten a través de internet, lo que evidencia que varios países se encuentran a la vanguardia para contrarrestar a los mismos (Jara et al., 2017).
CONCLUSIONES
Las causas determinantes que han provocado el incremento de los delitos de estafa a través de las redes sociales en el periodo de confinamiento de la actual epidemia son: la dispersión geográfica de las víctimas, una dificultad notoria para identificar y localizar a los autores de tales hechos, esto ha dado paso a la posible impunidad de determinadas conductas, ya que se les dificulta el trabajo a los agentes policiales encargados de su respectiva investigación, entorpeciendo radicalmente el descubrimiento de los posibles causantes del crimen, otra de las causas es el libre acceso a las redes sociales lo que deriva en la creación de perfiles falsos para el cometimiento de los hechos delictivos.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
Agustinoy A., y Monclús, J. (2016). Aspectos legales de las redes sociales. [Legal aspects of social networks]. Madrid. España: J.M. Bosch Editor. https://n9.cl/ifsc6
Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. [Comprehensive Criminal Code]. Registro Oficial Nº 180. https://url2.cl/53c6h
Barrios, A. (2014). El comunicador en el entorno digital. [The communicator in the digital environment]. Cuadernos.info, 34, 165-181. doi:10.7764/cdi.34.519
Camacho, L. (1987). El delito Informático. [Computer crime]. Madrid. España: Editorial L Camacho.
Corte Nacional de Justicia. (2017). Temas penales 3: Delitos informáticos en el COIP. [Criminal Topics 3: Computer crimes in the COIP]. https://n9.cl/s08rc
Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences]. Laurus, 12(Ext), 180-205. https://n9.cl/nx847
Devia, E. (2017). Delito Informático: Estafa Informática del Artículo 248.2 Del Código Penal. [Computer Crime: Computer Fraud of Article 248.2 of the Penal Code]. Tesis Doctoral. Universidad de Sevilla. https://n9.cl/cynqb
Enríquez, J., y Alvarado, Y. (2015). Los delitos informáticos y su penalización en el Código Orgánico Integral Penal Ecuatoriano. [Computer crimes and their penalization in the Ecuadorian Organic Integral Criminal Code]. Revista Sathiri–Sembrador, (8), 171-179. https://n9.cl/n974b
García, J. (2015). Oportunidad criminal, internet y redes sociales. [Criminal opportunity, internet and social networks]. InDret Revista para el Análisis del Derecho, (4), 1-32. https://n9.cl/e79ez
Jara, L., Ferruzola, E., y Rodríguez, G. (2017). Delitos a través redes sociales en el Ecuador: una aproximación a su estudio. [Crimes through social networks in Ecuador: an approximation to their study]. I+D Tecnológico, 13(2), 111-122. https://n9.cl/r23jd
López Pesquera, B. (2018). El delito de estafa cometido a través de las redes sociales: problemas de investigación y enjuiciamiento. [The crime of fraud committed through social networks: problems of investigation and prosecution]. IDP. Revista de Internet, Derecho y Política, 27, 42-51. https://doi.org/10.7238/idp.v0i27.3150
Micheletti, P. (2019). Delitos cometidos a través de las redes sociales. [Crimes committed through social networks]. Jurisprudencia Rosarina Online, (3), 1-10. https://n9.cl/scd1q
Rodríguez, A., y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82, 179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647
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