https://doi.org/10.35381/racji.v8i1.3274

 

Suspensión condicional de la pena en el procedimiento abreviado en el sistema procesal ecuatoriano

 

Conditional suspension of the sentence in the abbreviated procedure in the Ecuadorian procedural system

 

 

 

Javier Pedro Rodríguez-Murillo

javierrm28@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-1068-5563

 

José Sebastián Cornejo-Aguiar

pg.docentejca@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-9203-5301

 

Fernando-De-Jesús Castro-Sánchez

ua.fernandocastro@uniandes.edu.ec   

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-3937-8142

 

Luis Adrián Rojas-Calle

luis.rojas@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0003-9564-1424  

 

 

 

 

Recibido: 15 de mayo 2023

Revisado: 20 junio 2023

Aprobado: 15 de agosto 2023

Publicado: 01 de septiembre 2023


 

 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente la suspensión condicional de la pena en el procedimiento abreviado en el sistema procesal ecuatoriano. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Conjuntamente, se empleó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. Se aplicó una encuesta a un grupo de estudiantes que cursan la Maestría de Derecho Procesal Penal y Litigación Oral. Se concluye que, de acuerdo a la resolución de la Corte Nacional no existe un doble beneficio hacia las personas que lo solicitan, por el simple hecho que no existe una legalidad en la ley, y que ese vacío legal se lo tendría que derogar para que exista una igualdad y esto ayude a que no existan tantas causas judiciales en abandono.

 

Descriptores: Derecho penal; justicia; ley. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to carry out a legal analysis of the conditional suspension of the sentence in the abbreviated procedure in the Ecuadorian procedural system. This research used the quantitative method, which produces descriptive data, originating from data collection. It was supported by a documentary-bibliographic review. The inductive-deductive method was also used. The analytical-synthetic method was also used. A survey was applied to a group of students studying for a Master's degree in Criminal Procedure Law and Oral Litigation. It is concluded that, according to the resolution of the National Court, there is no double benefit for those who request it, for the simple fact that there is no legality in the law, and that this legal vacuum would have to be repealed in order for there to be equality and this would help to reduce the number of abandoned court cases.

 

Descriptors: Criminal law; justice; law. (UNESCO Thesaurus).

 

 


 

INTRODUCCIÓN

La Constitución de la República del Ecuador (2008) en el artículo 76 numeral 5, expresa en su forma textual que cuando haya duda entre dos leyes se deberá elegir la que sea más favorable a la condición de las personas infractoras en su beneficio y en el Art. 426 inciso 1. La suspensión condicional de la pena es considerada como una herramienta del proceso de manera alternativa a cumplir una pena o un proceso fuera de un centro privativo de libertad. De esta manera la persona que ha sido sentenciada puede cumplir con su sentencia condenatoria por el tiempo que la pena en concreto la determine. Esto ayuda a que la persona que se haya acogido a la misma pueda rehabilitarse y reinsertarse en la sociedad cumpliendo con las medidas alternativas impuestas por el tribunal que las tiene que cumplir a carta cabal. Esta medida ayudará al estado a evitar un mayor grado de hacinamiento y evitar que personas con menor riesgo de peligrosidad puedan poner en riesgo su bien jurídico protegido como es la vida, su salud y su integridad física, de tal manera que también el estado tendría un ahorro desde lo procesal hasta lo personal del sentenciado.

El problema de esta investigación se los establece en que la suspensión condicional de la pena cuando se lo aplica en favor de personas sentenciadas por el procedimiento abreviado no es susceptible de gozar de este beneficio penitenciario (Chacho, 2016), así lo denotó la Corte Nacional de Justicia el 06 de abril del 2016, al expedir la Resolución N° 002-2016 (Corte Nacional de Justicia, 2016) en la cual determina que es gozar de una condición de doble favorabilidad o doble beneficio.

En este sentido, el procedimiento abreviado es aplicable para delitos cuya pena privativa de libertad no exceda de diez años y por otro lado la suspensión condicional de la pena se la puede acoger en delitos cuyas penas no superen a los cinco años. (COIP, 2014). Por la inobservancia de los principios jurídicos, que están siendo vulnerados como el principio in dubio pro reo (la duda debe ser a favor del reo) y también otro principio fundamental de igualdad ante la ley (Campoverde y Cervelló, 2020). Por lo cuanto infringe el principio de no discriminación al juzgar esta regla a su pasado delictivo (Touma, 2017). Como antecedentes, el procedimiento abreviado es una salida alterna para ahorrar tiempos en comparación con el procedimiento ordinario (Campoverde y Cervelló, 2020) en el cual en un acuerdo de voluntades entre el imputado y la parte fiscal.

Se suma como antecedente la resolución N° 002-2016, de la Corte Nacional de Justicia el 6 de abril del 2016. En esta investigación se evidenció que, al no poder acogerse a la suspensión condicional de la pena luego de haber sido sentenciado por un procedimiento abreviado se vulnera los derechos contenidos en la constitución, tratados y los convenios Internacionales que nos brindan los derechos humanos concernientes al principio de legalidad, y estos derechos son: Igualdad ante la ley, principio de favorabilidad ante la ley, principio de no discriminación ante la ley, principio de seguridad jurídica.

En tal sentido, en lo que legalmente enmarca las reglas o requisitos de la suspensión condicional de la pena en su Art. 630 del Código Orgánico Integral Penal (2014), en ninguna parte asemeja que o se pronuncia que no habrá dicho aplicación cuando vengan o surjan peticiones de una sentencia bajo un procedimiento especial como lo es el procedimiento Abreviado, pues esto no determina que para esos casos la suspensión condicional de la pena sería negada. Tales principios constitucionales que han sido violentados o vulnerados de manera inconstitucional por malas interpretaciones de la ley. En la actualidad se ha podido observar que el sistema carcelario ha colapsado por usar de manera desmedida el cumplimiento de una pena dentro del mismo, cuando existen varios caminos que hacen que se pueda cumplir una sentencia fuera de la misma, de esta manera incentiva a la persona sentenciada a que pueda reinsertarse dentro de la sociedad de una manera más integral por las condiciones que debe cumplir si cumpliere la sentencia fuera del centro carcelario.

Hay que tener en cuenta que cuando se aplica un procedimiento abreviado y una suspensión condicional de la pena luego del procedimiento abreviado, lo que beneficiaría en realidad a que el sujeto o procesado pueda cumplir con medidas alternativas a estar bajo el espacio de hacinamiento en cárceles que viven bajo un caos a nivel nacional por el alto nivel de violencias y muertes que han provocado las bandas que gobiernan los pabellones y celdas de todos los centros de rehabilitación social a nivel nacional. Al tiempo máximo de un delito, a su pasado y a los pasados judiciales tanto personal como de su entorno familiar, por lo cuanto infringe el principio de no discriminación al juzgar esta regla a su pasado delictivo (Touma, 2017).

En la investigación se plantea como objetivo: analizar la suspensión condicional de la pena en el procedimiento abreviado en el sistema procesal ecuatoriano.

 

MÉTODO

La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). Se aplica una encuesta a un grupo de estudiantes que cursan la Maestría de Derecho Procesal Penal y Litigación Oral.

 

RESULTADOS

A continuación, se presentan los resultados obtenidos de las encuestas realizadas:

1.    ¿Qué es la suspensión condicional de la pena?

 

 

Figura 1. Suspensión condicional.

Elaboración: Los autores.

 

Según la figura 1, el 100% de los de encuestados coinciden que es una figura jurídica que puede acogerse una persona sentenciada, a fin de que su libertad no sea coartada, cuando cumple con los requisitos que están determinados por la norma penal.

2.    ¿Conoce usted el contenido de la resolución de la Corte Nacional 002-2013?

 

               

Figura 2. Resolución 002-2013.

Elaboración: Los autores.

 

El resultado obtenido demuestra que el 97% de la población conoce la resolución, el 2% la conoce parcialmente y el 1% desconoce. (Figura 2).

3.    ¿Cuál sería su opinión sobre la resolución de la Corte Nacional 002-2016 conforme al doble beneficio?

 

 

Figura 3. El doble beneficio.

Elaboración: Los autores.

En la figura 3 se observa que el 70% coincide en que existe una inconstitucionalidad con respecto a la seguridad jurídica, la rehabilitación social y la libertad debido a que vemos a un estado castigador y No rehabilitador. El 23% de los encuestados acordaron en que aceptar el doble beneficio puede conllevar a dejar en impunidad los hechos delictivos, pues si bien se los sanciona, se acepta la responsabilidad, y esto sería burla al sistema judicial, al no cumplir con la pena. El 7% de los encuestados coinciden que las personas sentenciadas por un procedimiento abreviado ya reciben una pena por el delito sentenciado y que deberían cumplir con la finalidad de la misma.

 

DISCUSIÓN

La suspensión condicional de la pena como se la denomina en el Código Orgánico Integral Penal, se la conoce en las diferentes legislaciones con varios apelativos como condena condicional, remisión condicional de la pena, suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, entre otras denominaciones que, en definitiva, tienen una misma finalidad que es el no ejecutar una pena restrictiva de la libertad. La suspensión de la ejecución de la pena de prisión es un claro supuesto de oportunismo reglado, ya que la norma delega en los tribunales la facultad decisoria de si proceder o no a ejercitar la pena correspondiente al delito tipificado.

Según el Código Orgánico Integral Penal (2014) en su Art. 630, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta en sentencia de primera instancia se podrá suspender a petición de parte en la misma audiencia de juicio o dentro de las 24 horas posteriores. De todo lo antes expuesto se puede entender que la suspensión condicional de la pena es una modalidad de cumplir una pena sin que la finalidad sea estar sin libertad, es decir, fuera de un centro penitenciario, con la condición de cumplir requisitos fundamentales que se encuentra en el artículo mencionado y son los siguientes:

1.    Que la pena no exceda de cinco años.

2.    Que quien la pide no tenga otra sentencia o proceso o en su caso no haya sido beneficiada por una salida alternativa en otra causa.

3.    Que su roce social y vínculo familiar demuestre que no existe necesidad de la ejecución de la pena (Código Orgánico Integral Penal, 2014, Art.630).

Como se puede notar que la suspensión condicional de la pena, al tener que cumplir con varias formalidades, condiciona a la persona que desea acogerse a la misma, el simple hecho de que una persona sentenciada por procedimiento abreviado no tiene directamente de manera favorable beneficiarse por la suspensión condicional de la pena, ya que, si no cumple con los requisitos requeridos en el caso pertinente, pues simplemente el Juez o Jueza, lo que haría es negar aquella petición.

El Artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal de Ecuador (2014) regula la institución procesal conocida como suspensión condicional de la pena. Esta institución con orientación garantista trata de equilibrar la expansión del Derecho Penal priorizando el derecho a la libertad ambulatoria de los condenados con penas cortas, suspendiendo la pena de encierro carcelario por medidas alternativas (Miranda, 2020). Según reportes del informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su numeral 113, indica que existen cuatro centros de detención masculino con elevadas tasas de hacinamiento, estas son Los Ríos en primer lugar con 141%, Guayas con un 124.60%, El Oro con 106.98% y Santo Domingo con un 95.30% y adicional reportan que en los centros de detención femenino superan el 21.31% de exceso en su hacinamiento o sobrepoblación de sus personas privadas de la libertad (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2022).

 

CONCLUSIONES

De acuerdo a la resolución de la Corte Nacional no existe un doble beneficio hacia las personas que lo solicitan, por el simple hecho que no existe una legalidad en la ley, y que ese vacío legal se lo tendría que derogar para que exista una igualdad y esto ayude a que no existan tantas causas judiciales en abandono.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, por motivar el desarrollo de la investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. [Comprehensive Criminal Code]. Registro Oficial Nº 180.  https://url2.cl/53c6h

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008.  https://n9.cl/i1ch

 

Campoverde, D. (2020). Alternativas a la prisión en Ecuador: La suspensión condicional de la pena. [Alternatives to imprisonment in Ecuador: Conditional suspension of sentences]. Universitat de Valéncia. Valencia, España. https://n9.cl/bkqom

 

Chacho, C., (2016). La suspensión condicional de la pena aplicable en el procedimiento abreviado. [The conditional suspension of the sentence applicable in the abbreviated procedure]. Tesis de Maestría. Universidad de Guayaquil.  https://n9.cl/vh2zum

 

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2022). Personas Privadas de Libertad en Ecuador. [Persons Deprived of Liberty in Ecuador].   https://n9.cl/8opyz

 

Corte Nacional de Justicia. (2016). Resolución No. 02-2016. [Resolution No. 02-2016].  https://n9.cl/ifxdw

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences].  Laurus, 12(Ext), 180-205.  https://n9.cl/nx847

 

Miranda, J. (2020). Análisis de un sistema normativo no coherente, el ejemplo de la suspensión condicional de la Pena Ecuador. [Analysis of a non-coherent regulatory system, the example of the conditional suspension of the sentence Ecuador]. Ruptura de la Asociación Escuela de Derecho PUCE. Edición 2020.  https://n9.cl/mjorr

 

Rodríguez, A., y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82, 179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

 

Touma, J., (2017). El procedimiento abreviado: entre la eficacia judicial y el derecho a la no autoinculpación. [Summary proceedings: between judicial efficiency and the right not to self-incrimination]. Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador: Corporación Editora Nacional.  https://n9.cl/8j878

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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