https://doi.org/10.35381/racji.v8i1.3258

 

Revictimización a víctimas de violencia psicológica en la obtención de pruebas y su incidencia

 

Revictimization of victims of psychological violence in the taking of evidence and its incidence

 

 

 

Emilio Amilquer Coque-Orosco

emilioco01@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0009-0000-8512-6603

 

José Sebastián Cornejo-Aguiar

pg.docentejca@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-9203-5301

 

Fernando-De-Jesús Castro-Sánchez

ua.fernandocastro@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-3937-8142                      

 

Cristian Fernando Benavides-Salazar

us.cristianbenavides@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-4326-2137

 

 

 

 

Recibido: 15 de mayo 2023

Revisado: 20 junio 2023

Aprobado: 15 de agosto 2023

Publicado: 01 de septiembre 2023

 


 

RESUMEN

El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente la revictimización a víctimas de violencia psicológica en la obtención de pruebas y su incidencia. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Conjuntamente, se aplicó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. Se concluye que, se evidenció que existen carencia de especialistas tanto en la Fiscalía como personal especializado de la Policía Nacional, como también la falta de líneas investigativas en los procedimientos de obtención de pruebas en los casos de delitos psicológicos, lo que conlleva a la doble victimización.

 

Descriptores: Violencia; justicia; derecho a la justicia. (Tesauro UNESCO).

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was to legally analyse the re-victimisation of victims of psychological violence in obtaining evidence and its incidence. The present research used the quantitative method which produces descriptive data, originating from data collection. Supported by the documentary-bibliographic review. Together, the inductive-deductive method was applied. The analytical-synthetic method was also used. It is concluded that there is a lack of specialists in both the Public Prosecutor's Office and specialised personnel in the National Police, as well as a lack of investigative lines in the procedures for obtaining evidence in cases of psychological crimes, which leads to double victimisation.

 

Descriptors: Violence; justice; right to justice. (UNESCO Thesaurus).

 

 


INTRODUCCIÓN

En las últimas décadas el Ecuador, ha tenido importantes trasformaciones en el ámbito de derechos y justicia, es así que la constitución del 2008, fundamentalmente garantiza el respeto de los derechos, por esta razón, entendemos que el Estado tiene la obligación de prevenir y erradicar la violencia doméstica, para lo cual se han establecido políticas integrales y sobre todo el respeto a los principios, pese a este cambio de paradigma en el aspecto normativo, hay escenarios en donde toda autoridad pública no aplica de manera directa los derechos de las personas, como acontece a la hora de obtener indicios y pruebas, dando paso a la revictimización ya que no se precautelan bienes jurídicos de rango constitucional y penal como está desarrollado claramente en el Art. 78 de la Constitución de la República del Ecuador y numeral 5 del Art. 11 del Código Orgánico Integral Penal (2014).  

En este sentido, si bien es cierto, todos los Estados del mundo, vienen trabajando en el contexto jurídico-social, con organizaciones internacionales y locales, con el propósito de mitigar las agresiones contra las mujeres o miembros del núcleo familiar y así eliminar con todas las formas de violencia como es la física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, en consecuencia negativa a lo manifestado, cada vez es mayor frecuente ver como las autoridades fiscales y judiciales que no respetan los grandes principios constitucionales, especialmente cuando tienen que intervenir con las personas que han accedido a la justicia a denunciar maltrato psicológico, ya no se responden con la seriedad y respuesta a cada caso, invisibilizan a las víctimas y dejan pasar momentos cruciales en donde se puede obtener pruebas de calidad para sancionar a los responsables. (Carranco, 2020). Según Galiano (2019) la violencia psicológica es un fenómeno que ha golpeado a la humanidad desde el principio de su historia y hasta la actualidad y se manifiesta de diversas formas. La evaluación de la veracidad del testimonio es la piedra angular sobre la que pivotan las decisiones judiciales, especialmente en los delitos cometidos en la esfera privada (Arce, 2017). La violencia psicológica que se tipifica como delito en el Código Orgánico Integral Penal se enmarca en la violencia, misma que supone que los indicios y testigos están dentro del mismo hogar. En este contexto la carencia de investigadores y peritos en todas las áreas del derecho penal ha dado como resultado un limitado desarrollo de los aspectos de calidad que exige la investigación especialmente con las infracciones de violencia doméstica, ya que al no ser un delito común, la mayor cantidad de elementos deberán ser obtenidos por diferentes especialistas y en espacios de tiempo que pueden pasar algunos meses, este procedimiento trasmite a la víctima incertidumbre en el avance de su proceso; al otro extremo del túnel están las victimas que integran el núcleo familiar quienes tardan muchos años en denunciar a sus agresores.

Por otro lado, la fiscal Silvia Juma, está construido sobre una base androcéntrica, con estereotipos que dañan la investigación. Manifiesta también que la víctima tiene que enfrentar el problema de la prueba, dentro de la cual se convierte en objeto porque sobre ella se realizan los exámenes periciales (Bossano, 2018). Este modelo de servicio viene concentrando revictimización secundaria, ya que no existe un control judicial del tratamiento que se les debería dar a las víctimas desde el momento que interponen sus denuncias, todo lo contrario, son expuestas de manera directa con sus agresores y cuestionamientos de sus familiares.

En este orden de ideas, la entrevista con los peritos psicólogos forenses es indispensable, pero a la víctima no se le puede obligar a concurrir a las sesiones. De los informes consultados, lo común es que la entrevista dure dos horas con conclusiones que no logran determinar el nivel de daño requerido; lo que ocasiona impunidad, en los informes se registra de qué forma se obtiene la valoración. En la mayoría de los casos es la entrevista forense, sobre la base del protocolo de entrevista forense del estado de Michigan. Le siguen los instrumentos específicos para la diagnosis sobre clasificación de trastornos mentales (Bossano, 2018).

Esta problemática es de gran importancia para la investigación, lo que se busca es hacer bien las cosas para hacer bien a las personas, prestándoles un servicio profesional, responsable, adecuado a sus necesidades, no es lo mismo denunciar a un familiar con el que se ha compartido muchos años de vida, que hacerlo a un desconocido, en este sentido tampoco es tan fácil el trabajo que tiene que cumplir el Estado ecuatoriano, el papel de los profesionales de la Fiscalía al momento de recabar información de la víctima debería ser compatibilizada y singularizada, articular criterios de justicia para responder al problema, un psicólogo, un secretario, un policía que trabaja para recabar las pruebas de violencia psicológica tiene que compaginar sus obligaciones de profesional, competente, honesto y respetuosos; sabemos no hay garantía en que todas las denuncias se resolverán con sentencias, pero si es preocupante que son escasos los procesos que han llegado hasta las instancias finales. 

Responsabilidad que recae en los investigadores policiales, peritos  y funcionarios de la Fiscalía, se debería generar un sistema con lineamientos seguros personalizados y sobre todo confiables para la recolección de indicios y elementos que servirán como prueba en los delitos de violencia psicológica contra la mujer o miembros del núcleo familiar, para que las víctimas tengan confianza y les sea sencillo y eficaz el acudir a la justicia y puedan ser escuchadas, donde prevalezcan la tutela de los derechos consagrados en la norma constitucional.

En la presente investigación se plantea como objetivo general analizar jurídicamente

la revictimización a víctimas de violencia psicológica en la obtención de pruebas y su incidencia.

 

MÉTODO

La presente investigación utiliza el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017).

 


RESULTADOS

De la revisión de los 101 expedientes de casos de violencia psicológica en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua, se evidencio que el 87 % de las víctimas son mujeres y el 13 % son denuncias presentadas por hombres, donde también se tiene un porcentaje que se las dividen cómo flagrante (3%) y no flagrante (97%) (Tabla 1 y Figura 1), unas conocidas directamente por Fiscalía y otras por servidores policiales y por personas o establecimientos quienes están obligados a hacerlo por expreso mandato de la ley para la respetiva investigación:

                                    

Tabla 1.

Tipo de denuncias.

 

Tipo

Frecuencia

Porcentaje

Flagrantes

98

97%

No flagrantes

3

3%

TOTAL

101

100%

                                

Elaboración: Los autores.

 

Gráfico, Diagrama

Descripción generada automáticamente con confianza media

 

Figura 1. Tipo de denuncias.

Elaboración: Los autores.


En la tabla 2 y en la figura 2 se puede evidenciar claramente el estado en el que se encuentran cada uno de los expedientes, donde se aprecia que ninguna de las causas se ha resuelto, ya que de las 101 que ingresaron a la Fiscalía del cantón Ambato, hay un alto porcentaje que se encuentran en investigación previa, otras han sido archivadas y las restantes se encuentran en trámite penal con solicitud de archivo, es decir que no han sido procesadas.

 

Tabla 1.
 Estado de las denuncias.

 

ESTADO

Frecuencia

Porcentaje

Apelación

0

0%

Archivo aceptado

32

32%

Dictamen abstentivo

0

0%

Instrucción fiscal

1

1%

Investigación previa

59

58%

Llamamiento a juicio

0

0%

Procedimiento abreviado

0

0%

Sentencia

0

0%

Sobreseimiento

0

0%

Solicitud de archivo

9

9%

TOTAL

101

100%

                       

Elaboración: Los autores.

 

 

Figura 2. Estado de las denuncias.

Elaboración: Los autores.

 

De la información obtenida, se evalúa que el 0 % de las causas se han resuelto con sentencia condenatoria, la mayoría se mantienen en investigación previa, una de ellas está en instrucción fiscal y otro porcentaje esta con la solicitud de archivo, es decir, que la mayor cantidad de denuncias no han progresado y se mantienen en trámite penal, esto debido a la esperas prolongadas, falta de indicios y elementos probatorios que deben obtenerse a través de la víctima, la misma que no concurre a los llamados de los psicólogos, peritos y policía especializada DEVIF, para no tener que recordar esos acontecimientos de maltrato por cuanto el proceso le obliga a hacerlo de manera individual y en diferentes periodos de tiempo; y en otros porque ya retornaron a sus hogares dando una segunda oportunidad a sus agresores.

 

DISCUSIÓN

Ubicada la situación crítica expuesta en los párrafos anteriores, es necesario incursionar y tener en cuenta que, la revictimización es el resultado de nuevas agresiones que padecen las víctimas durante las diversas fases de atención por parte de los operadores de justicia e instituciones auxiliares, este fenómeno se produce porque en el Código Orgánico Integral Penal, no hay reglas específicas para este tipo de casos, entonces acaso sería necesario manejar este tema como el médico lo realiza cuando su paciente revela una dolencia e identifica una agresión, en este caso no sería necesarios otras valoraciones; ahora si la víctima de violencia psicológica, es una especie de paciente muy enferma y unos de los síntomas de mayor gravedad es su baja autoestima debido a las críticas constantes, sentimientos de tristeza, bajo estado de ánimo e ideación suicida y altos niveles de estrés, sería necesario volver a contar y ejemplificar a los especialistas y en diferentes oficinas de cómo ha sido el sufrimiento sufrido.   

En este sentido, si se considera que, de los 101 expedientes analizados, de casos de violencia psicológica en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua, la mayor parte de las víctimas son de género femenino, es posible aseverar que, la violencia psicológica se encuentra dirigida a este grupo. En concordancia con esto, Gallegos et al. (2020) mencionan que, se puede suponer que la violencia psicológica está en la raíz de la violencia contra las mujeres, ya que conduce a la agresión física, sexual y emocional; es una condición generalmente poco mencionada y reconocida por las mujeres víctimas, lo que no le resta importancia ya que deja notorios estragos y el efecto que tiene en las víctimas.

En adición a esto, Mantilla (2017) asevera que, toda actividad de revictimización hoy en día refleja la debilidad y agotamiento de los funcionarios de las instituciones fiscales y judiciales, por la falta de medios y talento humano, también por el gran número de denuncias que ingresan a la Fiscalía, todo esto dificulta que los especialistas realicen un trabajo coordinado, ya que lo ideal sería que la víctima conozca desde el primer acercamiento a todo el equipo de trabajo que intervendrán y le guiaran en todo el tiempo que dure su proceso, más allá de eso en algunos casos la victima experimenta cambios del personal, ya sea por vacaciones o diversas causas en donde obligatoriamente se suma una persona más a la que tendrá que relatar como ha venido sufriendo maltrato psicológico por algún integrante de su familia. 

 

CONCLUSIONES

Se evidenció que existen carencia de especialistas tanto en la Fiscalía como personal especializado de la Policía Nacional, como también la falta de líneas investigativas en los procedimientos de obtención de pruebas en los casos de delitos psicológicos, lo que conlleva a la doble victimización. Para eso se propone la necesidad de generar estrategias y lineamientos para las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias, comenzando con las relaciones interinstitucionales.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

Arce, R. (2017). Análisis de contenido de las declaraciones de testigos: evaluación de la validez científica y judicial de la hipótesis y la prueba forense. [Content analysis of witness statements: assessment of the scientific and judicial validity of the hypothesis and forensic evidence].  Acción Psicológica, 171-190. https://n9.cl/j5xxl

 

Asamblea Nacional (2014). Código Orgánico Integral Penal. [Comprehensive Criminal Code]. Registro Oficial Nº 180. https://url2.cl/53c6h

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. https://n9.cl/i1ch

 

Bossano, M. (2018). La Violencia Psicológica Contra la Mujer dentro de la relación de pareja. [Psychological Violence Against Women within the couple's relationship]. Tesis de Maestría. Instituto de Altos Estudios Nacionales Universidad de Posgrado del Estado. https://n9.cl/a67zx

 

Carranco, D. (2020). La no revictimización de las mujeres en México. [The non-revictimization of women in Mexico]. Revista Digital Universitaria, 21(4), 1-10. https://n9.cl/a0ln5

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences].  Laurus, 12(Ext), 180-205. https://n9.cl/nx847

 

Galiano, G. (2021). Regulación jurídica de la violencia psicológica y su incidencia en el derecho a la integridad personal en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. [Legal regulation of psychological violence and its impact on the right to personal integrity in the Ecuadorian legal system]. Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 25-51. https://n9.cl/p2yfd

 

Gallegos, A., Sandoval, A., Espín, M., y García, D. (2020). Autoestima y violencia psicológica contra mujeres universitarias en sus relaciones de pareja. [Self-esteem and psychological violence against university women in their intimate partner relationships]. Enseñanza e investigación en psicología, 2(1), 139-148. https://n9.cl/6jw7z

 

Mantilla, S. (2017). La revictimización como causal de silencio de la víctima. [Re-victimization as a cause of silence of the victim]. Revista de Ciencias Forenses de Honduras, 1(2), 4-12. https://n9.cl/f7lqj

 

Rodríguez, A., y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82, 179-200. https://n9.cl/q2uo9

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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