http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i2.2373
Protección
Municipal a la fauna urbana por muerte y maltrato a los perros, Quevedo,
Ecuador
Municipal protection of urban fauna for death
and mistreatment of dogs, Quevedo, Ecuador
Manaces Esaud Gaspar-Santos
uq.manacesgaspar@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los
Andes, Quevedo, Los Ríos
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-4929-4495
Geoconda-Del-Rocío García-Sánchez
uq.geocondags@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los
Andes, Quevedo, Los Ríos
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-1368-5630
Doménica Milena Mafla-Quiroz
dq.domenicammq66@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los
Andes, Quevedo, Los Ríos
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-6907-9162
Luís Fernando Delgado-Insuati
dq.luisfdi36@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los
Andes, Quevedo, Los Ríos
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-3146-2369
Recibido:
15 de abril 2022
Revisado:
10 de junio 2022
Aprobado:
‘01 de agosto 2022
Publicado:
15 de agosto 2022
RESUMEN
En
la presente investigación se planteó como objetivo
general analizar jurídicamente la protección Municipal a la fauna urbana por muerte y maltrato a los perros,
Quevedo, Ecuador. La metodología empleada en la
investigación, se basó en el enfoque cualitativo, manejando la recolección y
análisis de una tipología documental-bibliográfica, que permitió organizar un
análisis del objeto de estudio, con la finalidad de proponer un análisis crítico jurídico de la norma
en base a los expertos en la materia. La técnica de
investigación aplicada fue la entrevista; la herramienta que apoyó la guía de
manera estructurada, tomando
como población y como muestra a cinco personas y algunos representantes del
Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Quevedo, es una investigación
cualitativa no probabilista por participación.
Se concluye que, los animales de compañía son sujetos de derechos, que en la
Norma Suprema se establece que el Estado debe garantizar el goce de estos
derechos.
Descriptores: Sistema jurídico, fauna, ciclo de vida. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The
general objective of this research was to legally analyze the Municipal
protection of urban fauna due to the death and mistreatment of dogs in Quevedo,
Ecuador. The methodology used in the research was based on the qualitative
approach, managing the collection and analysis of a documentary-bibliographic
typology, which allowed organizing an analysis of the object of study, with the
purpose of proposing a critical legal analysis of the norm based on experts in
the field. The research technique applied was the interview; the tool that
supported the guide in a structured manner, taking as population and as a
sample five people and some representatives of the Decentralized Autonomous
Government of the canton Quevedo, it is a non-probabilistic qualitative research
by participation. It is concluded that companion animals are subjects of
rights, and that the Supreme Norm establishes that the State must guarantee the
enjoyment of these rights.
Descriptors: Legal
system, fauna, life cycle. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
Actualmente en Ecuador
se puede observar que el cuidado de los animales no es un tema de suma
importancia, ya que en la actualidad se evidencia que existe un incremento de
animales de compañía que sufren de maltrato y abandono. Los mismos que son
utilizados para peleas ilícitas, provocando así un abuso total a la integridad
y el cuidado de los animales. El abandono de los canes en la ciudad de Quevedo
y sus alrededores es un escenario de crueldad que contraviene a lo establecido
en la Carta Magna. El abandono a los canes y otros animales de compañía, pueden
ser prevenidas y mitigadas a través de la planificación urbana, rural y de la
educación.
La presencia de los animales de compañía en las calles
constituye una escena triste en las áreas urbanas y rurales, también es un
grave problema de sanidad y un peligro para las personas y la vida silvestre.
Estos animales en estado de abandono deben buscan el sustento diario en los
basureros o en los desechos de la calle, estos animales de compañía pueden
encontrarse como focos de enfermedades en parques, calles recorridas por
peatones de la fauna urbana.
En relación a la forma como ha evolucionado las normas
del maltrato animal en Ecuador hay que hacer referencia que ellas inician en
principio con la aprobación de los derechos de la naturaleza en la Constitución de la República
del Ecuador. (2008), desde el punto de vista este estudio
abarca el problema del desconocimiento de las peleas o combates en donde los
perros que participen conlleven al resultado de la muerte de los animales,
normativa que se encuentra contemplada en el Código Orgánico Integral Penal.
(2014), señala: específicamente en el artículo 250 numeral 2.:
Artículo
250.- 2. Peleas o combates entre perros. - La
persona que haga participar
perros, los entrene, organice, promocione o programe peleas entre ellos, será
sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez días. Si se causa
mutilación, lesiones o muerte del animal, será sancionada con pena privativa de
libertad de quince a treinta días.
En Ecuador se estima
que alrededor de 400 mil perros de los cuales el 70%, de ellos viven en la
calle, este porcentaje se calcula que el 90% de ellos tienen dueños, pero los
mismos fueron víctimas de abandono. El problema de los animales callejeros, se
han dejado de considerar que los afectos son los animales ya que los mismos no
poseen el raciocinio ni derechos. En el Estado constitucional de derechos que
actualmente se vive en Ecuador.
Hay
normas tipificadas que sancionan el maltrato animal, pero pocas personas
conocen del tema y algunos de ellas vulneran este derecho de los animales deben
ser respetados como los demás derechos constitucionales de los seres vivos. El
maltrato animal es un indicador de violencia, no se respetan los derechos de
seres indefensos, este se lo generaliza como todo acto o actividad que les
infrinja dolor o sufrimiento, los perros desde el origen han sido fieles
compañeros del hombre.
Para
Frías. (2018), plantea que la protección de animal especialmente a los de
compañía debe tener más protagonismo en la vida de las familias ecuatorianas.
Este cambio de mentalidad también género una necesidad de nuevas normas que
contemplen protecciones para los animales en la ciudad. Las ordenanzas
municipales deben articularse al Código Orgánico del Ambiente por así haberlo
manifestado la presidenta de Protección Animal en Ecuador (PAE).
De esta manera, el
Código Orgánico del Ambiente da la facultad a los Gobiernos Autónomos
Descentralizados para regular y controlar el manejo responsable de fauna
urbana, con ciertas condiciones. Con el objetivo de crear
una ordenanza modelo que se replique en el resto de Gobiernos
Autónomos Descentralizados. En su propuesta también incluyen normas
sobre animales de compañía exóticos, que hasta el momento no se
contemplaban en la ley. Así mismo, para Frías. (2018), había un vacío legal,
por lo que era difícil protegerlos. Adicionalmente, Hernández y Fuente. (2018),
la naturaleza está actualmente reconocida como un sujeto de derechos por parte
de la Constitución ecuatoriana de 2008. Sin embargo, a los animales aún no se
le ha otorgado el estatuto jurídico.
El bienestar animal es un tema multifacético que
implica importantes dimensiones científicas, económicas y políticas. La
Constitución indica varios principios constitucionales, las mismas que pueden
ser aplicadas para defender los derechos de los animales, que en definitiva
indica que el reino animal forma parte de la naturaleza.
En tal sentido, la fauna urbana y los seres humanos
conforman la especie más abundante e influyente en el medio natural y a la
convivencia de la sociedad humana, sin embargo, los animales silvestres tienen
una gran capacidad de adaptación a las transformaciones del ambiente, que
sobreviven en la ciudad, han tenido que adaptarse a determinados cambios en sus
hábitos y dependen de sus estrategias conseguir alimentos. (Sierra
Vasquez,2012).
Por otro lado, la fauna urbana se agrupa en varias
categorías como son los animales de compañía, siendo entre ellos los perros y
gatos. Dentro de la fauna urbana las mascotas son cada vez más importantes.
(López,2016).
Otro aspecto necesario es el planteado por Toasa.
(2018), sobre el derecho al Buen Vivir que propenda al desarrollo de sus
habitantes, lo que conlleva en parte a garantizar su convivencia y disminuir
uno de los problemas relevantes en la actualidad como es el sufrimiento y
muerte de los animales, presentándose una necesidad urgente de complementar el
ámbito legal que proteja a los animales, en este de tipificar en el Código
Orgánico Integral Penal ecuatoriano, las conductas graves que menoscaban los
derechos de los animales, como parte de dar un impulso deseado para la
regulación del maltrato del animal en la legislación del Ecuador.
Se plantea como objetivo general analizar jurídicamente la protección Municipal a la
fauna urbana por muerte y maltrato a los perros, Quevedo, Ecuador
METODOLOGÍA
La metodología empleada en la investigación, se basó
en el enfoque cualitativo, manejando la recolección y análisis de una tipología
documental-bibliográfica, (Hernández Sampieri et. al.,2014), lo cual permitió
organizar un análisis del objeto de estudio, con la finalidad de
proponer un análisis crítico jurídico de la norma en base a los expertos en la
materia. La técnica de
investigación aplicada fue la entrevista; la herramienta o instrumento que
apoyó fue la guía de entrevista estructurada, tomando como población de Quevedo y
como muestra a cinco personas y algunos representantes del Gobierno Autónomo
Descentralizado del cantón Quevedo.
Generándose un proceso analítico–reflexivo, contribuyendo a la generación de la
extensión del estado del arte en correlación al marco jurídico científico
vigente (Behar-Rivero, 2018).
RESULTADOS
De los resultados de las entrevistas, se pudo
recolectar los siguientes ejemplos del abuso y maltrato de los animales en la
ciudad de Quevedo:
1.Corrida de toros: Este tipo de actos consiste en un espectáculo donde
finalmente el torero mata al animal, pero antes de la estocada final, pueden
ser clavadas varias banderillas en el lomo del toro. A esto se lo considera
como unos de los tipos de maltrato animal más violentos.
2. Peleas
de perros: Este acto se lo centra en la lucha entre dos o más perros, en
donde ellos se muerden hasta el cansancio, y sus espectadores realizan apuestan
de manera entusiasta.
3.Peleas de gallos: Es un combate entre dos aves de un mismo género o
raza. los mismos que son realizados por el ser humano para fomentar apuestas y
disfrutar del espectáculo
4.Trabajo en circos: Los animales que viven en los circos trabajan de
manera forzosa durante los ensayos y las presentaciones. Ellos son apartados de
su hábitat y viven en precarias condiciones.
5. Abandono de
mascotas: A diario muchas
personas realizan este tipo de actos, por algunos motivos, por ello abandonan a las mascotas a la intemperie evadiendo su
responsabilidad. Recuerda que cuando adoptas un animal asumes un compromiso de
por vida. Es por ello que tienes la obligación de cuidarlo con diligencia.
DISCUSIÓN
Según los resultados
obtenidos se evidencia el maltrato a las mascotas en especial de los perros,
implica sufrimiento, humillación, dolor físico o psicológico. De esta manera se
puede decir que existen muchas formas de someter a los animales y de la gran
importancia de poder garantizar el bienestar de los perros.
De esta manera, Caravaca y Sáez. (2022),
señala:
El maltrato a las mascotas de las mujeres
víctimas de violencia de género, o la amenaza del mismo, es una forma de
control y dominio por parte de sus agresores, pero, también se ha revelado que
existe relación entre la violencia a las mascotas y la violencia en el núcleo
familiar. (p.273)
Por otro lado, es importante
decir que, todos los ecuatorianos tenemos el deber y la obligación de respetar
a la naturaleza, para poder preservar un ambiente sano y así utilizar los
recursos naturales que sean sustentables y sostenibles.
CONCLUSIONES
Se concluye que los animales de compañía son sujetos
de derechos, que en la Norma Suprema se establece que el Estado debe garantizar
el goce de estos derechos a las personas, comunidades, pueblos nacionalidades y
colectivos, la naturaleza es un sujeto de derechos, determinados en los
instrumentos internacionales. La norma sancionadora es el COIP, en la cual se
ha impuesto la pena privativa de libertad de dos a seis meses si la persona
solo causa lesión a un animal perteneciente a la fauna urbana, pero si esa
conducta es realizada bajo actos de crueldad o tortura su pena es de seis meses
a un año, penas que van en incremento de acuerdo a los maltratos desarrollados
en los animales.
En el marco internacional todos los animales son
iguales y tienen derecho a la existencia, respeto, pues el hombre no se puede
tomar el derecho a exterminar a los animales, no deben ser sujeto a tratos ni
actos crueles. Para evitar el maltrato con resultado de muerte de los animales
de compañía a cargo de los moradores del cantón Quevedo, se recomienda al GAD
Municipal del cantón Quevedo aplicar drásticamente las sanciones establecidas
en la su Ordenanza Municipal a quienes violen lo establecido en la misma.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los
Andes; por motivar el desarrollo de la Investigación.
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