http://dx.doi.org/10.35381/racji.v7i2.2077

 

 Eutanasia y las enfermedades terminales

 

Euthanasia and terminal illnesses

 

 

 

Mayorga Oñate Clara-Aracelly

pg.claraamo65@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0003-1364-3286

 

Edison Napoleón Suárez-Merino

ua.edisonsuarez@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-6726-8720

 

José Sebastián Cornejo-Aguiar

pg.docentejca@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-9203-5301

 

Marco Rodrigo Mena-Peralta

up.marcomena@uniandes.edu.ec

Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ambato, Tungurahua

Ecuador

https://orcid.org/0000-0001-9509-3745

 

 

 

 

Recibido: 15 de abril 2022

Revisado: 10 de junio 2022

Aprobado: ‘01 de agosto 2022

Publicado: 15 de agosto 2022

 

 

 

 

 

 

RESUMEN

En la investigación se planteó como objetivo general analizar jurídicamente la eutanasia y las enfermedades terminales. Se desarrolló la metodología cuantitativa la cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos, de fuente documental-bibliográfica. Además, se aplicó el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos. Se planteó además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características. Además, se aplicó una encuesta a Doctores del Hospital Docente Ambato, familiares de las personas en estado crítico al mes de febrero y profesionales del derecho que trabajan en el complejo judicial. Se concluye que, la falta de normativa de la eutanasia en el Ecuador vulnera el derecho a la libertad de decisión y la muerte digna de las personas con enfermedades terminales.

 

Descriptores: Enfermedad; eutanasia; derechos humanos. (Palabras tomadas de Tesauro UNESCO).

 

 

 

 

ABSTRACT

The general objective of the research was the legal analysis of euthanasia and terminal illnesses. The quantitative methodology was developed, which produces descriptive data, originating from the collection of data from a documentary-bibliographic source. In addition, the inductive-deductive method was applied, which suggests that in order to find a truth, facts must be sought. The analytical-synthetic method was also used, by means of which a whole is broken down into parts, extracting qualities, components and relationships in order to later unite the parts analyzed and thus discover characteristics. In addition, a survey was applied to doctors of the Hospital Docente Ambato, relatives of people in critical condition as of February and legal professionals working in the judicial complex. It is concluded that the lack of euthanasia regulations in Ecuador violates the right to freedom of decision and dignified death of people with terminal illnesses.

 

Descriptors: Disease; euthanasia; human rights; human rights. (UNESCO Thesaurus).

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

Para el desarrollo del artículo científico, se planteó elaborar un documento de análisis crítico jurídico en el que se evidencie que la falta de normativa no permite la aplicación de la eutanasia en el Ecuador y vulnera el derecho a la libertad de decisión y la muerte digna de las personas con enfermedades terminales. El derecho a la vida es uno de los derechos fundamentales que el ser humano valora y protege frente a las decisiones legales, morales y religiosas, por aquello es necesario destacar lo que Alberto Royes en su colección de Bioética se refiere cuando aborda el tema de morir en libertad y manifiesta: …existe la tendencia a pasar de un sistema de protección de la vida que responde al paradigma de la sacralidad de la misma a un sistema de protección que tenga en cuenta un punto de vista más cualitativo. (Royes, 2016; p. 18).

En este sentido, el Ecuador es un país que protege la vida manteniéndose adherido a los Derecho humanos “fundamentales” en la presente investigación se analiza el derecho a la vida, ya que vivir no implica solo respirar, si no también acatar y hacerse respetar, es por esto que la Constitución de la República del Ecuador (2008) busca no solo proteger la vida, si no también garantizar una vida digna. Derecho fundamental que se halla consagrado constitucionalmente en el artículo 66 numeral 2, reconociendo y garantizando a que los ecuatorianos tengan derecho a una salud adecuada, agua potable, nutrición, cuidado ambiental, vivienda, trabajo, descanso, ocio, seguridad y varios distintivos sociales que ayudan a conseguir la autorrealización de una persona.

Es necesario que, para la efectiva garantía constitucional deben establecerse políticas públicas de carácter económicas, sociales o culturales, manteniendo homeostasis entre sí, pues al ser un país garantista de derechos debería tener los recursos suficientes para poder cumplir con lo que está en ley, las políticas económicas están derivadas a como se adecua el presupuesto del país, las sociales a como se presenta la inclusión y las culturales a preservar la cultura, ya que el ser humano al ser una persona social por naturaleza necesita de este tipo de situaciones para mantener el objetivo que es una vida digna.

Sin embargo, ha existido gran controversia en la eutanasia, pues al mencionar que constituye una muerte digna se debería permitir la misma en casos extremos, pero esto se lo analizará a continuación. Pues, el derecho a la vida es uno de los derechos fundamentales que el ser humano valora y protege frente a las decisiones legales, morales y religiosas, por aquello es necesario destacar …existe la tendencia a pasar de un sistema de protección de la vida que responde al paradigma de la sacralidad de la misma a un sistema de protección que tenga en cuenta un punto de vista más cualitativo. (Royes, 2016, p. 18).

Para la Organización Mundial de la Salud. (2018) la eutanasia es aquella muerte provocada por el medico hacia una persona con enfermedad terminal sin pronóstico o cura. En todo el mundo solo se ha legalizado en 5 países abriendo paso a los derechos de libertad y derechos a una vida digna, Holanda fue el primero en legalizarla en el 2002, luego Bélgica- Luxemburgo en el 2009, mientras que en Suiza está permitido el suicidio asistido y en E.E.U.U., en los Estados de Oregón, Washington, Montana, Vermont y California. El último país en autorizar la eutanasia es Colombia en el año 2015, esto en Sudamérica.

La Constitución de la República del Ecuador del 2008 busca no solo proteger la vida si no también garantizar una vida digna. Señalando que esto se evidencia con el articulo 66 numeral 2 en donde claramente especifica que los ecuatorianos tendrán derecho a la salud, agua potable, nutrición, cuidado ambiental, vivienda, trabajo, descanso, ocio, seguridad y varios distintivos sociales método que ayudan a conseguir la autorrealización de una persona.

Para conseguir lo antes señalado, es necesario que las políticas públicas que maneja el país ya sean económicas, sociales o culturales deberán mantener homeostasis entre sí, el Ecuador a ser un país garantista de derechos deberá destinar los recursos suficientes para poder cumplir con lo que está en ley, creación políticas públicas destinadas al mantenimiento del buen vivir en todos los aspectos, incluyendo como eje fundamental a la salud pública, pues, el ser humana al ser una persona social por naturaleza necesita de este tipo de políticas para garantizar un derecho fundamental del ser humano como es la una vida digna. Siendo innegable la importancia que tiene el sistema de salud pública para un país, de hecho, es de vital importancia para una nación la existencia de un sistema de salud de calidad, puesto que la calidad de vida de sus ciudadanos depende en gran medida de la capacidad que posee su sistema de salud.

Por otro lado, algunos países realizan la práctica de la eutanasia en el caso de suiza se legalizó la capacidad medica de suministrar a un enfermo terminal que no desee continuar con su vida una dosis mortal que debe ser ingerida por el propio enfermo, generando así una eutanasia asistida. (Flores, 2017). En Bélgica se desarrolló la legalización de la figura de eutanasia en el año 2001, se establecieron derechos a una muerte digna a enfermos terminales, el sujeto pasivo debe pedir la aplicación de la eutanasia por escrito y por último la práctica de esta actividad debe ser desarrollada por el médico practicante. (Castaño, 2017). En el caso de el caso de la República de Colombia, nación que instituye el derecho de eutanasia o derecho a una muerte digna en el año de 1997, a través de un sumario de inconstitucionalidad del artículo 326, de la Ley Penal vigente de aquel año, la cual presentaba sobre la muerte por piedad. (Rodríguez Mosquera, 2016).

Se plantea como objetivo general analizar jurídicamente la eutanasia y las enfermedades terminales.

 

METODOLOGÍA

En la presente investigación se desarrolla la metodología cuantitativa la cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos, de fuente documental-bibliográfica. Además, se aplica el método inductivo-deductivo, el cual sugiere que para encontrar una verdad se deben buscar los hechos y no basarse en meras especulaciones, además de partir de afirmaciones generales para llegar a específicas (Dávila, 2006). Se plantea además el método analítico-sintético por medio del cual, se descompone un todo en partes extrayendo cualidades, componentes, relaciones y más para posteriormente unir las partes analizadas y con ello descubrir características y relaciones entre los elementos (Rodríguez y Pérez, 2017). Además, se aplicó una encuesta a Doctores del Hospital Docente Ambato, familiares de las personas en estado crítico al mes de febrero y profesionales del derecho que trabajan en el complejo judicial.

 

RESULTADOS

 

A continuación, se presentan los resultados de la encuesta aplicada:

 

Pregunta N°1.- ¿Conoce qué es la Eutanasia?

Del 100% de los encuestados, la gran mayoría que es el 86.47% entres doctores, familiares de las personas que se encuentran en terapia intensiva, así como también los abogados conocen a que se refiere la Eutanasia una pequeña parte que es el 14% respondieron que no conocen que es la Eutanasia, por lo que al ser la gran mayor parte que conoce nos ayuda a que la investigación logre obtener los resultados que se requiere.

 

Pregunta N°2. ¿Debería existir la eutanasia respecto de las personas con enfermedades catastróficas o en estado vegetal?

Del total de los encuetados, el 64% que representan a la mayoría manifiestan que, si debiese existir la eutanasia, mientras que el 23% indican que solo debería existir en parte y un 13% responden que no, por lo que de pronto por conocer el sufrimiento de las personas que se encuentran en estado vegetal o al mismo tiempo sufriendo una enfermedad evitan con ello el proceso tan doloroso que tienen que pasar estas personas.

 

Pregunta N°3.- ¿La Constitución de la República del Ecuador, establece que todas las personas tienen el derecho a la toma de decisiones libres?      

Del 100% de los encuestados, el 71% que son la mayor parte responden que conocen que las decisiones libres es un derecho según nuestra Constitución de la República, mientras que 24% hacen eco de que esto se da solo en parte y por último el 5% indican que nada, por lo que es importante saber que las personas en gran mayoría obedecen a la constitución como también conocen que las personas tienen derecho a la toma de decisiones.

 

Pregunta N°4.- ¿Debería establecerse la eutanasia como una opción para evitar el sufrimiento innecesario en las personas con enfermedades catastróficas, siempre y cuando éstas otorguen su consentimiento, o sus familiares cuando se encuentran imposibilitadas de hacerlo?

Del total de los encuestados, el 62.41%, responden que están en total acuerdo en que las personas que de una u otra manera están sufriendo por una enfermedad catastrófica se autorice la eutanasia previo consentimiento del familiar, mientras que el 25.56% responden que sienten que esto se debería darse en parte y el 12.03% responden que no, por lo tanto, es importante poner énfasis de como el sufrimiento de las personas enfermas también afecta de una u otra manera a todo su círculo familiar.

 

Pregunta N°5.- ¿Las personas que se encuentran con una enfermedad catastrófica avanzada, podrían decidir el momento de su muerte?

Del 100% de los encuestados, el 68% responden que la misma persona que se encuentra enferma decida si quiere seguir sufriendo o no, mientras que el 32% responden que no, pero de aquí parte un análisis que no podemos pasar por alto el cual es que de las personas que se encuentran dentro de la mayoría no sientan la responsabilidad de haber practicado la eutanasia por la responsabilidad misma, y a la vez que la decisión de vivir o morir no quede en nuestra responsabilidad o a la vez el sentimiento mismo de verlos sufrir.

 

 

 

 

 

 

 

DISCUSIÓN

El derecho a la vida, se ha podido determinar en el análisis de que, es un derecho reconocido más en la parte legal que en lo divino, pero al final todos coinciden de que, se debe defender y respetar este derecho tanto desde la parte legal y la divinidad, pero siempre prevaleciendo lo legal; en este sentido se debe respetar la conciencia de cada ser humano con capacidad de contraer obligaciones y toma de decisiones, tanto en la parte legal, médica, y religiosa, como así se lo demuestra en los resultados.

El sistema de la red de salud pública y las políticas económicas, sociales y culturales, en el Estado ecuatoriano no son las adecuadas ni óptimas, como para garantizar eficiente y eficazmente al goce del derecho a la salud la colectividad, de manera especial las inmersas en los grupos de atención prioritaria; en virtud de que es un sistema  que no cumple en su aplicación con los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética.

De acuerdo a la Ley de salud. (2015):

 

Art. 7.- Toda persona, sin discriminación por motivo alguno, tiene en relación a la salud, los siguientes derechos:

 c) Vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación;

d) Respeto a su dignidad, autonomía, privacidad e intimidad; a su cultura, sus prácticas y usos culturales; así como a sus derechos sexuales y reproductivos.

 

El derecho a la vida no se puede enajenar, ni renunciar, ni ceder, pues de ello proviene su verdadera esencia, y en caso de que pudiera enajenarse, renunciarse o cederse, se perdería su naturaleza distintiva. (Galiano Maritan, 2016, p.73). La protección del derecho fundamental del ser humano como es el de la vida, siempre será bastante discutido, frente a la toma de decisiones de disponer de esta, más aun cuando se trata por cuestiones de salud y que la persona esté pasando por varios factores, como el de una enfermedad terminal.

La toma de decisión a que una persona pueda optar por la aplicación de la eutanasia, en enfermedades con patologías encaminadas a terminar con la vida de una persona, se debería aplicar en el marco jurídico ecuatoriano; y, que para su voluntad se lo considere dar la aceptación por parte del interesado, cuando este haya adquirido la capacidad legal para el ejercicio de sus obligaciones, y se pronuncie al momento que vaya a obtener su cédula de ciudadanía o de identidad ante la respectiva institución pública; idéntico como se lo hace con la donación de órganos para después de sus días, siendo un acto voluntario de la persona y cuando se encuentre en uso de sus cabales derechos.

 

CONCLUSIONES

La falta de normativa de la eutanasia en el Ecuador vulnera el derecho a la libertad de decisión y la muerte digna de las personas con enfermedades terminales por lo que es necesario implementar reformas legales que permita la práctica de la eutanasia en personas con enfermedades catastróficas o en estado vegetal. Es evidente que se han producido grandes avances en la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas con enfermedades terminales como son los derechos que derivan de una muerte digna, y sus tratamientos a seguir.

 

FINANCIAMIENTO

No monetario.

 

AGRADECIMIENTO

 

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes; por motivar el desarrollo de la Investigación.

 

REFERENCIAS CONSULTADAS

 

Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador]. Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. Recuperado de https://n9.cl/sia

 

 

 

Castaño Flores, M. (2017) Aplicación de la eutanasia en el ecuador en enfermedades terminales: planteamiento de un litigio estratégico en base a la autonomía personal y derecho a la vida. [Application of euthanasia in Ecuador in terminal diseases: a strategic litigation approach based on personal autonomy and right to life]. Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Recuperado de: https://n9.cl/kzkq

 

Congreso Nacional. (2015). Ley Orgánica de Salud. Ley 67. [Organic Health Law. Law 67]. Registro Oficial Suplemento 423 de 22-dic.-2006. Última modificación: 18-dic.-2015.Recuperado de: https://n9.cl/4kfc

 

Dávila Newman, G. (2006). El razonamiento inductivo y deductivo dentro del proceso investigativo en ciencias experimentales y sociales. [Inductive and deductive reasoning within the research process in experimental and social sciences]. Laurus, 12(Ext),180-205. Recuperado de: https://n9.cl/nx847

 

Flores, M. (2017). Aplicación de la eutanasia en el Ecuador en enfermedades terminales, planteamiento de un litigio estratégico en base a la autonomía personal y derecho a la vida. [Application of euthanasia in Ecuador in terminal illnesses, a strategic litigation approach based on personal autonomy and the right to life]. Tesis de Pregrado. Pontificia Universidad Católica del Ecuador.Guayaquil. Recuperado de: https://n9.cl/pqac4

 

Galiano Maritan, G. (2016). El derecho a la vida como derecho fundamental en el marco constitucional ecuatoriano. Especial referencia al aborto, la eutanasia y la pena de muerte. [ The right to life as a fundamental right in the Ecuadorian constitutional framework. Special reference to abortion, euthanasia and the death penalty]. Revista Jurídica Piélagus, 15(1), 71-85. https://doi.org/10.25054/16576799.1287

 

OMS. (2018). La OMS mantiene su firme compromiso con los principios establecidos en el preámbulo de la Constitución. [WHO remains firmly committed to the principles set out in the preamble of the Constitution]. Recuperado de: https://n9.cl/bpk57

 

Rodríguez Mosquera, M. (2016). El derecho a una muerte digna y la necesidad de legalizar la eutanasia en el Ecuador. [ The right to a dignified death and the need to legalize euthanasia in Ecuador].  Tesis de Pregrado. Universidad de Cuenca. Recuperado de: https://n9.cl/ez68

 

 

 

 

 

Rodríguez, A. y Pérez, A. O. (2017). Métodos científicos de indagación y de construcción del conocimiento. [Scientific methods of inquiry and knowledge construction]. Revista EAN, 82,179-200. https://doi.org/10.21158/01208160.n82.2017.1647

 

Royes, A. (2016). Morir en libertad.[ Dying in freedom]. Ediciones de la Universitat de Barcelona. Recuperado de: https://n9.cl/kp0yd

 

 

 

 

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