http://dx.doi.org/10.35381/racji.v6i1.1550
Violencia contra la mujer durante la pandemia covid-19
Violence against women during the COVID-19 pandemic
up.juanrojas@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-9026-4402
Odalis Caiza-Vera
dp.odalislcv49@uniande.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-8514-450X
Anderson Steven Córdova-Pozo
dp.andersonscp79@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-1550-3722
Recepción: 15 de septiembre 2021
Revisado: 25 octubre 2021
Aprobación: 15 de noviembre 2021
Publicación: 01 de diciembre 2021
Estimado Editor (a):
El tema de la violencia intrafamiliar no es nada nuevo, en este año por la crisis sanitaria por la que atraviesa el planeta entero ha hecho que estos casos vayan en aumento en diferentes países se registran hasta un 60% más los casos de violencia contra la mujer, lo que nos dice que no solo estamos luchando contra una pandemia que es la provocada por el covid19, sino que además en muchos países se está llevando una lucha para disminuir los casos de violencia contra la mujer.
Por otra parte, el Ejecutivo emitía el Decreto Presidencial 1017 (Ecuador. Presidencia de la República, 2020) del 17 de marzo del 2020, con el cual el país se declaraba en estado de excepción, como lo establece lo siguiente:
Artículo 1. DECLÁRESE el Estado de excepción por calamidad pública en todo el territorio nacional, por los casos de coronavirus confirmados y la declaratoria de pandemia de COVID 19 por parte de la Organización Mundial de la Salud
Artículo. 3 SUSPENDER el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito y el derecho a la libertad de asociación y reunión (……), y los comités de operaciones de Emergencias del nivel desconcentrados se activarán y coordinarán con las instituciones pertinentes los medios idóneos de ejecución de estas suspensiones
Sin embargo, a pesar de ofrecer garantías, se presentaron incrementos en los hechos de vulneración contra la mujer durante la pandemia Covid-19, a través de las denuncias recibidas en el Servicio Integrado de Seguridad ECU 911, se reportaron hechos de violencia:
El ecuador no es la excepción, también se han reportado un incremento alarmante en las denuncias y casos de violencia intrafamiliar en lo que llevamos de confinamiento, ecuador esta con semáforo en rojo desde el 17 de marzo hasta el 19 de mayo del 2020, según datos arrojados por el ECU 911 “las llamadas por violencia intrafamiliar las primeras semanas de este periodo de confinamiento se redujeron en un 37% en relación con el año anterior (2019)” (ECU 911, 2020).
Al respecto Goyas Céspedes, Zambrano Noles y Cabanes Espino (2018), expresan lo siguiente:
La discriminación de la mujer ha sido institucionalizada a través de los siglos a nivel mundial. Al colocarla en una situación desventajosa en todos los ámbitos de las relaciones sociales, también se le hace blanco de las diversas formas de violencia. (p.131)
Por otro lado, en nuestro país en la actualidad bajo ningún concepto se acepta la violencia contra la mujer pública y abiertamente, ésta se ha constituido en un fantasma que asecha a las mujeres, pero actualmente durante la cuarentena que vivimos debido a la Pandemia por el Covid-19 se han incrementado más los casos de violencia contra la mujer. No obstante, la violencia va desde los hogares formados en el seno de la pobreza, hasta los de mejor estrato económico, pero día a día se germina en el seno de las familias algún tipo de violencia física, psicológica o sexual y es así que esta realidad la viven muchas mujeres en el Ecuador, las cuales son agredidas de diferentes maneras por parte de su cónyuge, pareja, novio o algún otro miembro de la familia. Este confinamiento en los hogares obliga a personas que ya han sufrido violencia intrafamiliar a convivir con sus agresores, en muchos de estos casos hablamos de la misma pareja o cualquier otro miembro de su círculo familiar.
Por esta razón, los derechos de la mujer son ratificados por la (Convención Belem do Pará, 1994) misma que señala en su articulado la existencia de una serie de derechos, donde cabe mencionar el Artículo 4 de la Convención que indica: Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos.
Así mismo, el Estado ecuatoriana mediante la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (2018), establece entre otros, lo siguiente:
Artículo 4.- Definiciones. Para efectos de aplicación de la presente Ley, a continuación, se definen los siguientes términos:
1. Violencia de género contra las mujeres. - Cualquier acción o conducta basada en su género que cause o no muerte, daño y/o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial, gineco-obstétrico a las mujeres, tanto en el ámbito público como privado.
2. Daño. - Es el perjuicio causado a una persona como consecuencia de un evento determinado. En este caso el daño implica la lesión, menoscabo, mengua, agravio, de un derecho de la víctima.
3. Estereotipos de género. - Es toda preconcepción de atributos y características poseídas o papeles que son o deberían ser ejecutados por hombres y mujeres, respectivamente.
4. Víctimas. - Se considera a la mujer y/o demás miembros integrantes del núcleo familiar que sufran violencia o afectación ejecutada por un miembro de la familia.
5. Persona agresora. - Quien comete una acción u omisión que implique cualquier forma de violencia contra las mujeres.
6. Ámbito público. - Espacio en el que se desarrollan las tareas políticas, productivas de la sociedad y de servicios remunerados, vinculadas a la gestión de lo público.
Por lo tanto, se violan los derechos de las mujeres, mediante la violencia intrafamiliar; se centra en los conflictos dentro del núcleo familiar, este tipo de maltratos ha venido trascendiendo con el pasar de los años y entre los afectados es el género femenino y a su vez los miembros del núcleo familiar que son testigos del daño que le ocasionan a una mujer y esto deja secuelas psicológicas, que se verá afectado en su rendimiento académico como social.
Aun con los avances legislativos la violencia intrafamiliar sigue firme, es que para entender la violencia intrafamiliar se ha sistematizado los principales elementos que tratan de la violencia intrafamiliar; comportamientos estos que se consideran muy dañinos, y en la actualidad no se puede señalar con actitud cuanto afecta a la salud psicológica, física, social y sexual de las personas que sufren. Consideramos que aun cuando hay muchos estudios sobre la violencia intrafamiliar, estos carecen en mayor importancia menor medida de un enfoque holístico, multidisciplinario, e Inter sectorial que permita intervenir eficazmente en sus manifestaciones a fin de disminuirlas.
Por otro lado, la pandemia fue un factor que llevo al aumento de casos de violencia intrafamiliar en el Ecuador, las victimas al desconocer como denunciar estos casos se quedaban con temor sin poder hacer nada, debido a que por la situación no se podía salir de casa. Existen instituciones que acogen a estas víctimas, pero por distintos motivos no se les ha dado el apoyo y publicidad necesaria para ser conocidas por todas las personas.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
Asamblea Nacional. (2020). Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la crisis sanitaria derivada del Covid-19. [Organic Law on Humanitarian Support to combat the health crisis derived from Covid-19].Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones.Recuperado de: https://n9.cl/8yj7
Asamblea Nacional República del Ecuador (2018). Ley para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. [Law to Prevent and Eradicate Violence against Women]. Ley 0 Registro Oficial Suplemento 175 de 05-feb.-2018 Estado: Vigente. Recuperado de: https://n9.cl/h7v9h
Departamento de Derecho Internacional, OEA (1994). Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención de Belem Do Para.[ Inter-American Convention on the Prevention, Punishment and Eradication of Violence against Women "Convention of Belem Do Para]. Recuperado de: https://n9.cl/0qgxq
Goyas Cespedes, L., Zambrano Noles, S., Cabanes Espino, I (2018) Violencia contra la mujer y regulación jurídica del femicidio en Ecuador. [Violence against women and legal regulation of femicide in Ecuador]. Revista de investigación en Derecho, Criminología y Consultoría Jurídica. 12, (23),129-15. http://dx.doi.org/10.32399/rdk.12.23.634
Presidencia de la República. (2020). Decreto Ejecutivo N°. 1017. [Executive Decree No. 1017]. Quito. Recuperado de: https://n9.cl/xx68
Servicio Integrado de Seguridad (2020). Denuncia recibidas al ECU 911. Emergencias de violencia intra-familiar. [Complaint received to ECU 911. Emergencies of domestic violence]. Recuperado de: https://n9.cl/v05sp1
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