http://dx.doi.org/10.35381/racji.v6i1.1414
Inscripciones tardías de nacimientos a niñas, niños y adolescentes
Late registrations of births to girls, children and adolescents
Marcela Anarcaly Zambrano-Orvela
uq.cjuridico@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Quevedo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-5775-0724
Manacés Esaud Gaspar-Santos
uq.manacesgaspar@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Quevedo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-4929-4495
Gabriel Alejandro Herráez-Cedeño
dq.gabrielahc22@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Quevedo
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-2897-5219
Recepción: 15 de marzo 2021
Revisado: 25 de mayo 2021
Aprobación: 15 de junio 2021
Publicación: 01 de Julio 2021
RESUMEN
El siguiente trabajo asume como objetivo general realizar un análisis jurídico sobre las inscripciones tardías de nacimientos a niñas, niños y adolescentes en el Estado ecuatoriano. Desde la modalidad paradigmática cuantitativa, de diseño bibliográfico-documental se esgrimió para este tipo de investigación, documentos, textos legales, investigaciones científicas mediante la recolección, selección y análisis de los mismo. El diseño bibliográfico-documental se apoyó en los procesos lógicos y mentales Así mismo se aplicó una encuesta con la finalidad de obtener la información necesaria. Se cuestiona que el registro tardío de menores, niños y adultos es un hecho inminente que se da en el tiempo sin tomar en cuenta las disposiciones de la Constitución de la República. Se concluye que se infringen los derechos de propiedad en vida porque no tienen sus propias identidades y no los registraron a tiempo y no pueden gozar de derechos como educación, salud, protección Estadal, religiosa y sociales.
Descriptores: Derechos de la familia; derechos civiles; régimen jurídico; tasa de natalidad; norma social. (Palabras tomadas de Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The following work assumes as a general objective to carry out a legal analysis on late registration of births to girls, boys and adolescents in the Ecuadorian State. From the quantitative paradigmatic modality, bibliographic-documentary design was used for this type of research, documents, legal texts, scientific investigations through the collection, selection and analysis of the same. The bibliographic-documentary design relied on logical and mental processes. A survey was also applied in order to obtain the necessary information. It is questioned that the late registration of minors, children and adults is an imminent event that occurs over time without taking into account the provisions of the Constitution of the Republic. It is concluded that property rights are infringed in life because they do not have their own identities and they did not register them on time and they cannot enjoy rights such as education, health, State, religious and social protection.
Descriptors: Family rights; civil rights; legal regime; birth rate; social norm (words takenfrom UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
Las inscripciones tardías en el registro civil de niñas, niños y adolescente afectan un derecho fundamental como es el reconocimiento jurídico de su identidad, varias son las razones por las que no se registra a los niños. En la mayoría de los casos, estos infantes viven en los hogares más pobres y lejos de la ciudad, y en otras ocasiones existe el desconocimiento de los padres sobre la consecuencia que lleva una inscripción tardía, como la vulneración a los derechos a la identidad personal y colectiva de tener un nombre y un apellido debidamente registrado y adquirir los beneficios de los derechos que se otorga a un niño como la educación.
Es evidente la problemática que genera las inscripciones tardías de las niñas, niños y adolescentes, este tema es de actualidad ya que se enfoca en la vulneración de los derechos por no estar inscritos, como la educación, derechos religiosos y culturales. Estas irregularidades continúan haciéndose presente en el Ecuador especialmente en la ciudad de Quevedo, los menores que no estén suscritos en el registro civil no poseerán nacionalidad, por lo que serán calificados como apátridas, lo que significa que se perderá su identidad y nacionalidad oficial, y por tanto será considerado ciudadano.
En este sentido, las inscripciones tardías, de niños, niñas y adolescentes ocasiona la perdida de los derechos por no estar inscritos en el registro civil y no contar como ciudadano, ya que los menores que no figuran en ningún documento o páginas oficiales, son los conocidos como invisibles, ya que no hay constancia legal de su existencia así mismo no podrán obtener su documento de identificación, la identidad es importante ya que permite que los menores estén protegidos por sus padres y el Estado para que puedan beneficiarse de la protección legal del actual sistema de protección de menores del país, que se encargará de protegerlos de diversas formas de abuso y explotación. Lo que se espera de los nacimientos es que su registro sea universal y oportuno, ya que es una fuente fundamental para estimar no sólo tasas de fecundidad, sino la mortalidad infantil. (Freyermuth Enciso, Ochoa Torres, y Muños Hernández,2017, p. 455)
En este mismo orden de ideas, ACNUR (2020.a, p.14) presenta una serie de términos que deben ser considerados en relación a tener más claro la terminología empleada en la tramitación de los recaudos de nacimiento:
Certificado de nacimiento: documento probatorio del registro de nacimiento y existencia de una persona, a través del cual se derivan otra serie de documentos de identificación. Establece la identidad legal de una persona al nacer, e incluye como variantes mínimas el número del acta; nombres y apellidos; fecha y lugar de nacimiento; el nombre, lugar de nacimiento y nacionalidad de los padres. También se le conoce como acta de nacimiento o partida de nacimiento.
Documento de identidad: documentos físicos, certificados digitales, números de identidad o credenciales que son prueba de la identidad legal y única de la persona. Esto incluye los documentos de identificación que prueban la nacionalidad (certificado de nacimiento, cédula de identidad o DNI20, pasaporte del país de nacionalidad). Los documentos de identidad que prueban la nacionalidad se diferencian de los documentos de identidad que acreditan el estatuto migratorio de la persona (carné de persona refugiada, solicitante de asilo, permisos de residencia).
Inscripción oportuna de nacimiento: inscripción realizada dentro del plazo establecido por la regulación interna para informar y lograr registrar ante la autoridad registral el acaecimiento de un nacimiento.
Inscripción tardía de nacimiento: inscripción realizada ante la autoridad registral una vez expirado el plazo establecido en la regulación interna para la inscripción oportuna de un nacimiento.
Nacionalidad: es un derecho humano fundamental contenido en una serie de instrumentos internacionales que se explicarán más adelante. La nacionalidad se puede definir como el vínculo jurídico entre el individuo y el Estado. A menudo, se determina este vínculo sobre la base del nacimiento en el territorio o la descendencia de un nacional, definido por los criterios del Estado para la adquisición de la nacionalidad.
Nacionalidad indeterminada: en estas situaciones las autoridades podrían dudar si la persona es nacional o extranjera. Se usa este término como una expresión general para la clasificación de la condición de la nacionalidad como “desconocido”, “indeterminado” o “bajo investigación”.
Notificación del nacimiento: procedimiento mediante el cual las autoridades sanitarias anuncian que se ha producido un nacimiento. Dicha notificación contiene información básica sobre la identidad de la persona que dio a luz, así como información estadística del recién nacido. Se lo conoce también como Certificado de Nacido Vivo, Certificado Antecedente o Parte Clínico de Nacimiento. Este documento resulta necesario para posteriormente proceder al registro de nacimiento.
Registro de nacimiento: es el acto jurídico de asentar por primera vez, ante el RC, el nacimiento de una persona ocurrido en territorio nacional o bien en el extranjero cuando tenga filiación con padre o madre nacional. El registro de nacimiento es continuo, permanente y universal, y hace referencia a la existencia y características de un nacimiento. Contiene información esencial para probar el vínculo de la persona inscrita con el Estado del lugar de nacimiento, así como con el Estado de la nacionalidad de los padres.
Riesgo de apatridia: No existe una definición internacional de riesgo de apatridia. Su significado tampoco es entendido de manera uniforme por quienes la utilizan. Para el ACNUR, existe riesgo de apatridia cuando las personas se topan con dificultades para probar que poseen vínculos de nacionalidad con un Estado.
Persona apátrida: toda persona que no es considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación32. Se refiere a la situación legal de apatridia “de jure” reconocida por la definición del Art. 1.1 de la Convención de 1954 sobre el Estatuto de los Apátridas (Convención de 1954).
Por otro lado, se pueden mencionar algunas causas que dificultan las inscripciones tardías de los de nacimientos a niñas, niños y adolescentes las cuales se mencionan a continuación: En general, se ignora la obligación de inscribir a los padres, familiares o representantes legales del niño. No comprende el daño a las personas, el núcleo familiar y la comunidad. Miedo a que el padre asuma los deberes inseparables a la paternidad. Falta de identificación (inscripción o cedulación) de los padres. Apatía por parte de los responsables de las instituciones que acogen a los niños. Por otra parte, el Código Civil (2015) ecuatoriano establecen en su artículo 60. El nacimiento de una persona fija el principio de su existencia legal, desde que es separada completamente de su madre.
Además de las mencionadas ACNUR (2020.b), plantea que:
En contextos de emergencia, el inadecuado funcionamiento de las oficinas de Registro Civil e Identificación puede conducir a aumentar los casos de registro tardío de hechos vitales, aumentar las tasas de subregistro de nacimiento. De esta manera, para ciertas poblaciones vulnerables, entre ellas las personas en movilidad humana, el riesgo de apatridia aumenta. Asimismo, afecta en la producción y publicación oportuna de estadísticas vitales. (p.11).
En este sentido el objetivo general del presente estudio es realizar un análisis jurídico sobre las inscripciones tardías de nacimientos a niñas, niños y adolescentes en el ecuador.
METODOLOGÍA
Desde la modalidad paradigmática cuantitativa, de diseño bibliográfico-documental se esgrimió para este tipo de investigación, documentos, textos legales, investigaciones científicas mediante la recolección, selección y análisis de los mismo. El diseño bibliográfico-documental se apoyó en los procesos lógicos y mentales. Así mismo se aplicó una encuesta con la finalidad de obtener la información necesaria. La encuesta es una de las técnicas de investigación social de más extendido uso en el campo de la sociología que ha trascendido el ámbito estricto de investigación científica, para convertirse en una actividad cotidiana de la que todos participamos tarde o temprano. (López Roldán y Fachelli, 2015)
RESULTADOS
A continuación, se presentan los resultados de la encuesta aplicada:
Cuadro 1.
Resultados del cuestionario.
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Interrogantes |
Resultados |
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1.¿Considera usted que se le vulnera los derechos a los niños, niñas y adolescentes que no son inscritos dentro de los 30 días de nacido? |
En los resultados obtenidos de la siguiente pregunta se colige que, si se vulneran los derechos de los niños, niñas y adolescentes que no son inscritos dentro de los 30 días de nacido, al no tener identidad propia, también tienen efecto legal, pues cuando el Estado no reconozca o registre legal o formalmente su existencia o identidad, desaparecerán del dominio público, cabe señalar que la ley ecuatoriana protege a los menores y garantiza los procedimientos adecuados durante el registro. |
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2. ¿Cree usted que las inscripciones tardías se deben por la ubicación de las viviendas en zonas rurales de los padres de familia del cantón Quevedo? |
Las inscripciones tardías se deben por la ubicación de las viviendas en zonas rurales de los padres de familia del cantón Quevedo, estas y más situaciones se viven cada día en el Ecuador, esto se debe a las razones que siguen apareciendo en nuestra sociedad, esto se debe al registro tardío o no registro, esta situación se ha convertido en un problema, no en una persona. Toda la sociedad se rige por el marco legal y el estado de las leyes sociales. |
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3.¿Tiene conocimiento acerca de la multa que se cobra en el registro civil por inscribir a los menores de edad después de los 30 días de nacido? |
La mayoría de los padres de familia no tienen conocimiento de que se paga la multa por no inscribir a los menores de edad dentro del tiempo establecido en la ley del Registro Civil, identificación y cedulación. |
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4.¿Considera usted que las normas actuales sobre el Derecho Constitucional en relación a la identidad personal tienen una debida aplicabilidad? |
Se cree que, dado que la Constitución reconoce claramente el derecho a la identidad, las normas legales vigentes en materia de derechos personales de la constitución nacional tienen una adecuada aplicabilidad en Ecuador. y es por eso que existen normas derivadas para el cumplimiento de este derecho fundamental como la ley del Registro Civil, la falta de conocimiento y otras causas más los padres de familias no inscriben a sus hijos dentro de los 30 días de nacido. |
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5.¿Considera usted que las inscripciones tardías se dan por la irresponsabilidad y descuido de los padres? |
Efectivamente las inscripciones tardías se dan por la irresponsabilidad y de ignora a los padres, porque se vulneran los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y los ciudadanos como padres no existen, por lo que no pueden participar en todos los programas destinados a mejorar sus vidas. |
Fuente: Cuestionario.
DISCUSIÓN
Es necesario destacar que la Constitución de la República del Ecuador es la norma suprema y está por encima de cualquier otra normativa del ordenamiento jurídico. La Carta Magna garantiza el derecho a la identidad, que se encuentra estipulado tácitamente en el artículo 66, inciso 28, es decir, es un derecho. Todos tienen un derecho y debemos aprovechar lo que nos concede la Constitución.
En este sentido, la inscripción tardía significa que su inscripción excede el plazo estipulado por la Ley de Registro Civil, Identificación y Codificación; es decir, dentro de los 30 días posteriores al nacimiento, lo que afecta los derechos básicos de niños, niñas y jóvenes, es un problema en el Ecuador y esto se da por la falta de conocimiento de la multa que está estipulado en la ley y así mismo vulnera los derechos que tienen como la educación, salud y derechos a una religión, cabe recalcar que para ser bautizado se necesita estar inscrito y contar con la partida de nacimiento otorgada en el registro civil. El registro tardío de menores, niños y adultos es un hecho inminente que se da en el tiempo sin tomar en cuenta las disposiciones de la Constitución de la República, que es la obligación del Estado de proteger la identidad de los niños y jóvenes. Así mismo, Franco Morante (2015) plantea:
Para muchas familias que viven en pobreza, el costo del acta de nacimiento asociado a los gastos de movilización para llegar a las oficinas de Registro Civil a realizar el trámite correspondiente (lo que muchas veces supone gastos adicionales de transporte, alimentación, pérdidas de jornadas laborales, entre otras), se convierte en una barrera que obstaculiza la realización del mismo. (p.43)
CONCLUSIONES
Al concluir la presente investigación se finaliza indicando lo siguiente:
Mediante el análisis de los resultados obtenidos en la investigación se precisó que los padres de familia o representantes legales carecen de conocimiento de la multa que se les otorga por no inscribir al menor de edad dentro de los treinta días de nacido.
Se evidencio además que se infringen los derechos de propiedad en vida porque no tienen sus propias identidades y no los registraron a tiempo y no pueden gozar de derechos como educación, salud, protección del Estado, religiosos y sociales.
Por otro lado, la falta de conciencia social y despreocupación de los padres de familia con relación a los costos directos e indirectos pare el registro del menor y su respectiva multa en caso de ser tardía. Aunado a lo planteado, se debe controlar estrictamente la obligación de registro de los padres de recién nacidos, y se deben imponer sanciones si no cumplen con la normativa, además, de esta manera, obtuvieron todos los derechos que la ley debería tener. Finalizamos que es necesario comprender la importancia de respetar el derecho de todos a tener un nombre al nacer, independientemente de sus condiciones de nacimiento o del tiempo de vida estimado, así no se vulneran los derechos de los recién nacidos.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, Ecuador, por motivar el desarrollo de la Investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
ACNUR (2020.a). Estudio regional sobre inscripción tardía de nacimientos, otorgamiento de documentos de nacionalidad y apatridia. [Regional study on late birth registration, granting of nationality documents and statelessness]. Recuperado de: https://n9.cl/j4kxo
ACNUR (2020.b). Respuesta de Emergencia de las Oficinas de Registro Civil e Identificación durante la Pandemia del COVID-19. [Emergency Response of Civil Registry and Identification Offices during the COVID-19 Pandemic]. Recuperado en: https://n9.cl/yw63j
Asamblea Nacional Constituyente de la República del Ecuador, (2008). Constitución de la República del Ecuador. [Constitution of the Republic of Ecuador] Montecristi. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. Recuperado de https://n9.cl/sia
Asamblea Nacional (2016) Ley de registro civil, identificación y cedulación. [Law on Civil Registration, Identification and Identification]. Registro Oficial Suplemento 790 de 5 de Julio del 2016. Recuperado de: https://n9.cl/btlnq
Congreso Nacional (2015). Código Civil. [Civil Code]. Registro Oficial 506 de 22 de mayo de 2015.Recuperado de: https://n9.cl/x5ko
Congreso Nacional. (2003). Código de la niñez y adolescencia. [Childhood and Adolescence Code]. Quito.
Convención Americana sobre Derechos Humanos. (11 de Febrero de 2015). Convención Americana sobre Derechos Humanos. [American Convention on Human Rights]. Obtenido de Pacto de San José. Recuperado de: https://n9.cl/780p
Franco Morante, F. (2015) El derecho de identidad, no inmediato del nacido vivo, afecta sus derechos fundamentales. Tesis de grado previo a la obtención del título de: Abogado de los tribunales y Juzgados de la República. [The right to identity, not immediate of the born alive, affects their fundamental rights. Thesis of degree prior to obtaining the title of: Lawyer of the courts and Tribunals of the Republic]. Universidad Técnica Estatal de Quevedo. Recuperado de: https://n9.cl/c3zbl
Freyermuth Enciso, G., Ochoa Torres, M., y Muños Hernández, J. (2017). El Subsistema de información sobre nacimientos. Estudio de caso en una región indígena de Chiapas, México. [The Birth Information Subsystem. Case study in an indigenous region of Chiapas, Mexico] Estudios demográficos y urbanos, 32(3), 451-486. https://doi.org/10.24201/edu.v32i3.1627
López-Roldán, P. y Fachelli, S. (2018) Metodología de la investigación social cuantitativa. [ Methodology of quantitative social research]. Revista de educación y derecho,17, 1-4. Recuperado de: https://n9.cl/ymm23
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