http://dx.doi.org/10.35381/racji.v6i10.1183

 

Perspectiva feminista como ética periodística en México

 

Feminist perspective as an ethical form of journalism in Mexico

 

 

 

 

 

María Isabel Puente-Gallegos

mapuenga@gmail.com

Universitat de Valencia, Valencia

España

https://orcid.org/0000-0002-4949-211X

 

 

 

 

 

Recepción: 01 de diciembre 2020

Revisado: 06 de febrero 2020

Aprobación: 03 de abril 2021

Publicación: 10 de abril 2021

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RESUMEN

La investigación tiene como propósito demostrar que la prensa feminista, debe ser considerada como herramienta en la promoción y defensa de los derechos humanos. Se desarrolló desde un enfoque cualitativo, examinando las investigaciones de cuatro reconocidas periodistas mexicanas. De los principales debates que se problematizan, se desprende que la prensa debe ser un ente vigilante de los grupos de poder. Al incluirse la perspectiva feminista en el periodismo, los mensajes que se transmiten contienen una significación práctica que intrínsecamente coadyuva en el reconocimiento de la dignidad de las mujeres. Visto lo anterior, se concluye que, en orden de construir sociedades más justas, quienes ejerzan el periodismo feminista deben ser considerados defensores de derechos humanos.

 

Descriptores: Libertad de prensa; ética de la comunicación; movimiento de liberación femenina; acceso a la información; mujer periodista. (Palabras tomadas del Tesauro UNESCO).

 

 

 

SUMMARY

The purpose of the investigation is to demonstrate that the feminist press should be considered as a tool in the promotion and defense of human rights. It was developed from a qualitative approach, examining the investigations of four renowned Mexican journalists. From the main debates that are problematized, it follows that the press should be a watchdog of power groups. By including the feminist perspective in journalism, the messages that are transmitted contain a practical meaning that intrinsically contributes to the recognition of the dignity of women. Considering the above, it is concluded that, in order to build fairer societies, those who practice feminist journalism should be considered human rights defenders.

 

Descriptors: Freedom of the press; ethics of communication; women's liberation movement; access to information; journalist woman. (Words taken from the UNESCO Thesaurus).

 

 

 

INTRODUCCIÓN

El periodismo tiene entre sus fines ontológicos, el procurar la democracia y la justicia social, mantener informada a la población sobre sus derechos y los asuntos de interés público de su entorno. Si las audiencias desconocen cuáles son sus derechos, en consecuencia, se obstaculizará su ejercicio de forma sustantiva. Por ello es un deber ético de las y los periodistas el no sólo buscar, recibir y difundir información. Sino también que dichas actividades tengan como objetivo mejorar las vidas de los destinatarios y protagonistas de los hechos noticiosos.

Así mismo, derivado de la naturaleza de sus labores informativas, los y las periodistas son propensos a ser violentados, ya que generalmente representan una amenaza contra los intereses de los grupos de poder contenidos en las esferas públicas y privadas (Ríos, 2012). En un país con un contexto desfavorecedor para las mujeres, existe el deber imperativo de que el periodismo pueda difundir el reconocimiento de la dignidad de sus habitantes. Paralelamente, las propias periodistas no son ajenas a los problemas que ellas mismas visibilizan. Al margen de esto, la prensa, como grupo de presión, puede actuar como contrapoder. A fin de salvaguardar la vida y dignidad de las mujeres.

Esta reconfiguración feminista a la ética periodística juega un papel fundamental en el que no solo se deben seguir las bases del periodismo tradicional supuestamente objetivo, enunciativo e imparcial. Por lo que es de vital importancia fijar posturas feministas, ya que, a través de la prensa, se reproducen ideas que repercuten en una sociedad, por lo que seguir replicando el mito de la objetividad (Castro, 1990) distrae a los y las lectoras de la legítima indignación.

 

Planteamiento del problema

La interpretación y opinión pública de hechos noticiosos son influenciados por los mensajes que transmite la prensa. Si bien, generalmente el periodismo procura describir y explicar hechos noticiosos, no se debe perder de vista que en la manera en que se esquematizan las problemáticas sociales tanto de la ley, la prensa, las películas y el lenguaje (entre otros) puede ser de utilidad o perjudicial para ciertos grupos (Benito, 2006). De tal suerte que si la prensa transmite mensajes que reproducen violencia, sexismo, racismo o clasismo entonces las audiencias probablemente reproducirán dichos mensajes. Por otro lado, si el periodismo cuestiona al poder y explica con perspectiva feminista acontecimientos noticiables entonces construirá bases para mejorar las vidas de hombres y mujeres.

Si bien, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (2014) reza en su artículo 223 fr. VII sobre la igualdad de hombres y mujeres, claramente esto ha sido insuficiente. México es considerado de los países más peligrosos para ser mujer (Ramírez, 2018). Por lo que el enunciar en la ley la abolición de la violencia de género o bien la igualdad entre individuos, configura la falacia legislativa que al cambiar la ley se cambiará la realidad.

Para Sánchez (2016) las audiencias presentan una dualidad, primero como sujetos activos con capacidades que les permiten interactuar y relacionarse con los medios y/o participar a través de ellos. En segunda instancia, comprender a los medios como elementos centrales en las discusiones de carácter público. Esta vinculación entre sujetos puede promover una actitud cívica que impacte en diversas formas de actuación y participación social.

 

Propósito

La presente indagación tiene el propósito de explicar la importancia de la perspectiva feminista en la prensa. Ello trae consigo un beneficio tanto para las audiencias como para las mismas periodistas. Por ello, el aplicar dicha perspectiva debe ser considerado como una forma de mejorar la libertad de prensa, además de constituir una forma de activismo en el reconocimiento de la vida, dignidad y derechos de las mujeres. En consecuencia, las periodistas feministas deberán ser reconocidas como defensoras de derechos humanos.

 

Importancia de la investigación

México es el segundo país más peligroso para ejercer el periodismo en el mundo, la violencia que sufren los y las periodistas en este país solo es equiparable con países que se encuentran en guerra, tan sólo en el 2019 Siria tuvo 54 periodistas asesinados, México 53 y Afganistán registró 46 asesinatos (RSF, 2019). Así mismo, desde 1982 se tiene registradas las desapariciones de 64 periodistas en todo el mundo, México encabeza la lista con 15 búsquedas activas, una mujer y 14 varones, le siguen los países de Irak y Siria con nueve registros cada uno (CPJ, 2020). De acuerdo con la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) la violencia contra las periodistas suele ser cometida por funcionarios del Estado, miembros de la delincuencia organizada o sus propios colegas, dichas agresiones, tienen lugar en diversos contextos y generalmente en espacios públicos (CIDH, 2018).

El Informe Especial sobre la Situación de la Libertad de Expresión en México (2018), precisa que el 99.6 % de los delitos cometidos contra periodistas en México, no han sido esclarecidos (RELE, 2018). Dicha información sugiere indicios de corrupción y falta de interés político en el esclarecimiento de dichos delitos, lo que constituye un permiso implícito para agredir a dicha población, teniendo casi por seguro no recibir castigo alguno. En el año 2020 México ocupó el primero lugar mundial de ejecuciones a periodistas con 17 asesinatos y una desaparición registrada. Además, obtuvo el cuarto lugar mundial con periodistas muertos por COVID con 45 defunciones declaradas (Propuesta cívica, 2021).

Desde la creación de la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) del 5 de junio del 2010 al 31 de mayo de 2020, fueron iniciadas 1,296 indagatorias contemplando un total de 1,571 víctimas por delitos relacionados por labor periodística, de ellas 304 son mujeres, los delitos con mayor incidencia fueron, amenazas (46.2%), privación ilegal de la libertad (12.8%), abuso de autoridad (7.7%), homicidio (5.1%) y allanamiento de morada (5.1%) entre otros. De todas estas denuncias únicamente se ha llegado a juicio y obtenida sentencia condenatoria firme, en tres expedientes donde la víctima directa ha sido una mujer, dos sentencias por tortura y una por homicidio (FEALDE, 2020).

A lo largo de la creación de dicha Fiscalía, su capacidad humana y material han sido inadecuadas, de acuerdo con la RELE, falta de capacitación del personal, rotación de personal y sobrepasar los tiempos estipulados por la ley. Además, entre 2014 y 2018, el presupuesto de la FEADLE se ha reducido en más del 50 %, lo cual menoscaba incluso los intentos más modestos de cumplir el mandato legal de esta fiscalía (CIDH, 2019).

Por su parte, la Federación Internacional de Periodistas (FIP), señala que los actos más usuales de violencia por razones de género reportados ante dicho organismo por las periodistas son maltrato verbal (63%), maltrato psicológico (41%), explotación económica (21%) y violencia física (11%). Dichas formas de violencia fueron ejercidas tanto por personas fuera del lugar de trabajo como fuentes, políticos, lectores, u otros oyentes, así mismo han sido violentadas por personas dentro de su lugar de trabajo como jefes o superiores. Asimismo, el 44% de las mujeres encuestadas indicó haber sufrido ciberacoso (FIP, 2017). Se estiman que 1 de cada 3 asesinatos de periodistas que ocurren en Latinoamérica son cometidos en México (CIDH, 2018).

De acuerdo con el informe Violencia en línea contra las mujeres las profesionales con perfil público en espacios de comunicación como lo son periodistas y activistas son propensas a sufrir violencia digital. De las tipologías más frecuentes de violencia destacaron: robo de información, acceso no autorizado a cuentas, suplantación de identidad, monitoreo y acecho, expresiones discriminatorias, acoso, amenazas, desprestigio, extorsión, difusión de información personal o íntima sin su consentimiento y omisiones por parte de actores con poder regulatorio. Tan sólo en el año 2015 más de nueve millones de mexicanas entre 15 y 29 años reconocieron haber sufrido este tipo de violencia (Article 19, 2017). A pesar de ello, el acceso a internet no es igual para toda la población mexicana, los hombres tienen dos veces mayor acceso a las tecnologías de información, como lo son móviles, computadoras y televisores, no obstante, las mujeres reciben dos veces mayor violencia en línea en contraposición de sus compañeros (INEGI, 2018).

Del contexto anterior, se desprende que las periodistas en México, son sujetos jurídicos destinatarios de las leyes, derechos y libertades, consagrados en: el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), el artículo 13 de la Convención de los Derechos del niño (2006), el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos (1969), el artículo 4 de la Declaración Americana de los derechos y deberes del hombre (1948) y el artículo 6 de la vigente Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917), la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (2014), y la Ley para la Protección de Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas en México (2012).

En contraste con el contexto que se describe anteriormente se puede inferir que los y las periodistas no son destinatarios de dichas leyes y que el objeto jurídico a tutelarse queda vulnerado por la ineficacia de la protección de las leyes. Si bien, existe una amplia y variada tutela y reconocimiento como objeto jurídico en dichos ordenamientos las libertades de expresión, prensa y trabajo. De los altos índices de violación a estos derechos y libertades. Se puede inferir que la ley y el aparato burocrático encargado de la aplicación de dichos cuerpos normativos no son eficaces ni aportan acciones sustantivas en la tutela de los y las periodistas en México.

 

Marco teórico

Me refiero a dos términos que se trastocan continuamente. El periodismo y el activismo son dos conceptos que es necesario delimitar y correlacionar con sus debidas proporciones:

Periodismo. Si bien existen diversas categorías de periodismo, por excelencia la forma de comunicar lo incómodo es por medio del periodismo de investigación. La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, 2013) define a dicha rama del periodismo como “…la tarea de revelar cuestiones encubiertas de manera deliberada, por alguien en una posición de poder, o de manera accidental, detrás de una masa caótica de datos y circunstancias que dificultan la comprensión. Es una actividad que requiere el uso de fuentes y documentos tanto públicos como secretos”. El periodismo de investigación implica el uso intensivo de datos y registros públicos, con un enfoque en la justicia social y rendición de cuentas que revelan información de interés público y trascendencia social.

Activistas. Son quienes, de forma individual o colectiva, promueven o protegen derechos humanos. Son reconocidos por la naturaleza de sus actividades y contextos de actuación. Las actividades que desempeñan y derechos que defienden pueden constituir una amplia gama de combinaciones. Esta labor incluye la promoción y protección de los derechos civiles y políticos, así como la protección y el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales (ACNUDH, 1998).

Similitud y diferencia entre periodismo y activismo. Si bien, existen estudios formales para llevar a cabo ambas actividades tales como grados, diplomados y posgrados en periodismo o en derechos humanos, en México tanto el periodismo como el activismo se pueden ejercer de oficio, por lo que no es necesaria alguna acreditación formal para ejercerlos. Sin embargo, para ser considerada una persona periodistas o defensora de derechos, no basta con acreditar estudios formales en ambas materias, sino que sus profesiones u oficios se actualizan desde la praxis. Así mismo los riesgos que asumen tanto periodistas como defensoras, se vinculan como el resultado de la praxis y no a la formación profesional de dichos sujetos.

Tanto la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (LPPDDHP) emitida por el Congreso de la Unión (2012) en su artículo segundo y la ACNUDH definen textualmente quienes deben ser considerados periodistas y activistas:

Periodistas: Las personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole cuyo trabajo consiste en recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen. (LPPDDHP, 2012, Art.2)

Persona Defensora de Derechos Humanos: Las personas físicas que actúen individualmente o como integrantes de un grupo, organización o movimiento social, así como personas morales, grupos, organizaciones o movimientos sociales cuya finalidad sea la promoción o defensa de los derechos humanos. (LPPDDHP, 2012, Art.2; ACNUDH, c.a. 2016).

Si bien todos los periodistas pueden ser activistas, esto no debe interpretarse viceversa, así como tampoco a todas las personas que escriben en algún medio de difusión deben ser considerados periodistas, por ejemplo, tarotistas o anunciantes de ocasión, edictos, etc. Es pertinente diferenciar también, el periodismo de la publicidad, que si bien el segundo es un servicio que prestan muchas empresas informativas a empresas y gobiernos, ambas actividades tienen fines distintos que suelen confundirse al estar presentes en medios electrónicos como impresos.

Este servicio de publicidad puede constituir una potencial censura a la libertad de expresión de las periodistas al lesionar potencialmente a los intereses corporativistas tanto de dichas empresas como de aquellas que compran publicidad corporativa o publicidad oficial en el caso del gobierno. Además, la publicidad rara vez es disruptiva, su fin es promocionar productos o servicios.

Se puede ultimar que la educación en el periodismo es clientelista, ya que los programas de estudio son modificados por las demandas de los medios de comunicación, quienes a su vez obtienen su financiación de grupos de poder. Ello da lugar a manipulaciones que ponen en peligro la construcción de la democracia, y propician la administración de decisiones públicas; con el fin de instaurar el pensamiento hegemónico, que persigue fines oligárquicos (Odriozola, 2004). El activismo también suele ser confundido con la Responsabilidad Social Empresarial, que no es nada más que un actuar políticamente correcto del capitalismo a través de las empresas.

Ética periodística. El artículo 2º del Código Internacional de ética periodística (UNESCO, 2014) que a la letra reza “Adhesión del periodista a la realidad objetiva: la tarea primordial del periodista es la de servir el derecho a una información verídica y auténtica por la adhesión honesta a la realidad objetiva, situando conscientemente los hechos en su contexto adecuado”. Así mismo en los códigos de ética periodística de medios mexicanos, existe un mandato expreso de neutralidad en las fuentes, presunción de inocencia, imparcialidad y objetividad (Martínez Domínguez, 2018). Así mismo, el Código Europeo de Deontología del Periodismo (CEDP), aprobado el primero de julio de 1993 por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, adoptó esta serie de principios éticos que recomienda sean instrumentados por las naciones de este continente (Núñez, 1993).

Si bien, en toda investigación existen visiones diversas que no necesariamente condicionan la calidad de la información. Muchas de estas visiones constituyen circunstancias que atraviesan las periodistas, por lo que, sin perder la veracidad de las investigaciones, es preciso tomar una postura, en su caso, la naturaleza de la perspectiva feminista interseccional que significa el coadyuvar en la mejora de las vidas y reconocimiento de la dignidad de las mujeres.

A pesar de que la ética en el periodismo se encuentra en constante evolución, es necesario precisar que las líneas de sus publicaciones usualmente obedecen a intereses políticos, personales o económicos de los directivos. No por ello, es necesario descalificar este sesgo, ya que son necesarios construir contrapesos en todos los campos de defensa de derechos. Por esto, es imprescindible transparentar las fuentes de financiamiento de los medios de comunicación, para así entender cabalmente cuáles pudieran ser los potenciales conflictos de intereses que pudieran existir, ello da lugar a recuperar la credibilidad en el periodismo. Una cuestión adicional es que las audiencias puedan acceder a medios independientes de intereses ajenos al de la búsqueda de la verdad objetiva, autores como Amorós García (2019) sugieren que es necesario que los lectores paguen por la información ya que otra amenaza que acecha la calidad del acceso a la información es la difusión de noticias falsas o fake news.

Variables sexo género en el periodismo. Hay que tener claro que, en toda investigación, el hecho de ser mujer resulta una condicionante para el proceso investigativo, como de la relación de las investigadoras, en este caso las periodistas, como con los sujetos de estudio incluso aunque las segundas no sean feministas (Eichler, 1997). El simple hecho de tener un sexo-género, son variables que condicionan el proceso de investigación. En este caso se reflejarán dichas variables en los resultados de la investigación periodística.

Las periodistas son vulnerables por razones de género y son propensas múltiples formas de violencia en un sistema predominantemente patriarcal, en este caso, se ejercen diversas formas de resistencia para informar con perspectivas feministas a las audiencias. Las investigaciones con dichas perspectivas corrigen los sesgos sexistas del conocimiento previamente establecido, tal como lo sugiere Blázquez (2010). No obstante, también hay que deslindar prácticas como el mujerismo, el sexismo benévolo o el gineco centrismo de las prácticas periodísticas e investigativas ya que no aportan a la igualdad sustantiva.

Entonces se vuelve necesario reconocer que el periodismo feminista, cumple una función dentro de la libertad de expresión que es a favor de las mujeres en el entendido como diversos tipos de mujeres. Ya que, si bien no pueden considerarse neutrales, esto es justo lo que contrarresta la misoginia de las practicas periodísticas, impidiendo la reproducción de discursos que reproducen violencia, discriminación, marginación contra las mujeres.

El discurso neutral o incluso las opiniones no necesariamente merman la libertad de expresión, ya que si bien existen límites claro a esta libertad como la incitación al odio de ciertas poblaciones o incitación a la guerra o la violencia. Por otra parte, al crear contenido con perspectiva feminista, es crean justicia social reinterpretando el discurso dominante en el terreno de lo imaginario de la sociedad mexicana, produciendo discursos y debates críticos y reflexivos contrahegemónicos. Esto ayuda a contrarrestar la dominación a través de la prensa como aparato ideológico del estado y del discurso de las clases dominantes al que se refieren (Gramsci, 1980 pp. 104-112; Althusser, 1988 pp.11-12).

Así mismo, gracias a muchas publicaciones que comenzaron primero como investigaciones periodísticas posteriormente se materializaron en protestas, juicios y sentencias contra actos de corrupción, violencia y abusos de poder (Pérez-Anzaldo, 2013). Se puede afirmar entonces que, si las periodistas omiten documentar con perspectiva de género, pudieran convertirse en cómplices de las injusticias, reproduciendo un discurso que lejos de cuestionar a los actores del poder, justifiquen y normalicen la violencia de género.

 

METODOLOGÍA

La presente investigación fue realizada con epistemología feminista y conocimiento situado, bajo las aportaciones de (Harding, 1989; Haraway, 1995). Buscando crear nuevo conocimiento jurídico, que no surja a partir de las investigaciones patriarcales preexistentes que observan rasgos jerárquicos y dicotómicos frente a las mujeres y/o lo femenino. No se trata entonces de sumar a las mujeres al conocimiento previamente establecido, el cual no tuvo en cuenta las experiencias de ellas, en este caso como las periodistas y activistas.

Quien sustenta la presente, lo realiza bajo una lógica de naturaleza cualitativa, analítica y comparativa con relación al binomio de procesos sociales y legislativos. Intrínsecamente con perspectiva feminista la cual incluye abordajes de antropología jurídica. La investigación ha sido íntegramente documental, bajo los ejes de la filosofía feminista, derecho nacional e internacional de derechos humanos, doctrina y prensa. La estructura de esta investigación será la clásica de los artículos cualitativos en ciencias sociales, planteando entonces introducción (planeamiento del problema, propósito, justificación e importancia, referente teórico), metodología, discusión y resultados. Para ello fueron seleccionadas las indagaciones de cuatro periodistas mexicanas mundialmente reconocidas: Carmen Arístegui Flores, Lydia Cacho Ribero, Anabel Hernández García y Ana Lilia Pérez Mendoza.

 

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

A continuación, se presentan los resultados de la presente indagación a partir de los cuatro casos de análisis:

Primer caso de análisis: Lydia Cacho Ribero. Periodista ganadora del Premio Mundial a la libertad de Prensa UNESCO en 2008, ha sido reconocida por su lucha y valentía para denunciar violencia contra mujeres y niñas, de sus obras destaca los Demonios del Edén (Cacho, 2010), donde documenta toda una red de corrupción y trata de menores de edad. La autora de dicha investigación posteriormente documentaría el acoso judicial que vivió tras desmantelar la red de pedofilia en su libro memorias de una infamia (Cacho, 2014). Ella era considerada por los grupos de empresarios de Playa del Carmen, como una traición a la economía local ya que documentaba la explotación que nace del turismo irresponsable en el sureste mexicano. En su trabajo periodístico develó rutas del tráfico de drogas, trata de mujeres, niñas, niños, migrantes y hombres jóvenes. Sus exploraciones siempre las exhibió desde una perspectiva abiertamente feminista. Al mismo tiempo ha buscado sensibilizar a las audiencias frente a dichos temas. Debido a su trabajo recibió múltiples amenazas de muerte, acoso judicial y atentados contra su vida. El 21 de julio de 2019 dos sujetos armados allanaron la casa de esta periodista y sustrajo equipos de cómputo, grabadoras y cámaras, también fueron asesinadas las mascotas que resguardaban su domicilio (Milenio, 2019). Gracias a sus investigaciones periodísticas se iniciaron más de 1595 averiguaciones policiales, respecto a delitos sexuales en contra de menores. Logró una sentencia irrevocable por 113 años de prisión contra Jean Succar Kuri uno de los empresarios líderes de las redes de trata y pornografía infantil sentando precedentes históricos en la CIDH, también los policías que la torturaron fueron los primeros policías en ser condenados por este delito en México (Soto, 2015).

De acuerdo con datos de la Red por los Derechos de la Infancia en México, en este país es el que más se consume pornografía infantil en el mundo, se estima que durante el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto (2012-2018), han ocurrido el 75% de las desapariciones de menores de edad de los cuales 7 de cada 10 corresponden a niñas. Cada día desaparecen 4 niñas, niños o adolescentes, y 3.6 aparecen asesinados (REDIM, 2018).

Segundo caso de análisis: Anabel Hernández García. Ganadora del premio nacional del periodismo en 2001 por su investigación conocida como toallagate donde expone desvíos de recursos en la remodelación del hogar presidencial, recibe este nombre por la compra de toallas para dicho hogar de $440 dólares americanos cada una, así como de cortinas por un valor de $17,000 USD. Un despropósito en un país donde de sus 150 millones de habitantes, 40 de estos viven en la pobreza (Hernández, 2006). Ha visibilizado la otra cara de la mal llamada guerra contra el narcotráfico, develando la versión de los narcotraficantes en los libros de los señores del narco (Hernández, 2010) y el traidor, diario secreto del hijo del mayo (Hernández, 2019) considera que ella realiza periodismo de rendición de cuentas, que es el que debe señalar responsables de hechos graves delictivos.

Demostró que durante el sexenio del expresidente Felipe Calderón Hinojosa (2006-2012) cuando declaró la guerra contra el narcotráfico en 2008, en realidad fue un pacto del gobierno federal con el cartel de Sinaloa, convirtiéndose dicha estrategia en una batalla contra los cárteles enemigos del cartel de Sinaloa encabezado por Ismael “El Mayo” Zambada y Joaquín Guzmán Loera “El Chapo Guzmán”. En su obra “El traidor: el diario secreto del hijo del Mayo Zambada”, entrevista a altos miembros de los cárteles del narcotráfico y a sus abogados dando a conocer la versión de dichos cárteles afirmando sobre los millonarios sobornos que pagaba el cartel de Sinaloa al gobierno mexicano afirmando que en nómina estaban sobornos para todos los niveles del gobierno, así como el apoyo que recibían por parte del Partido Acción Nacional para contrabandear toneladas de cocaína en los buques de Petróleos Mexicanos, con el fin de financiar sus campañas políticas.

En su libro “la verdadera noche de iguala: la historia que el gobierno quiso ocultar (Hernández, 2017)” reveló el entramado que vivieron los 43 estudiantes normalistas de la escuela rural Isidro Burgos en Ayotzinapa, Guerrero, donde miembros del ejército del 27avo batallón de infantería, la policía federal, el gobierno federal, el grupo delictivo guerreros unidos y intervinieron en su desaparición. Peritos y miembros de instituciones extranjeras e independientes llegarían a las mismas conclusiones por distintas metodologías a las empleadas por Anabel Hernández en su investigación.

Hernández con el apoyo de organismos internacionales, ha tenido que exiliarse para resguardarse de los ataques que por diversos medios telemáticos, ella, familiares y fuentes de información han recibido a raíz de los ataques de los cuales ha sido víctima. Ella afirma que para hacer su trabajo ha tenido que sacrificar su vida personal, ha pagado su cuota de sangre con el secuestro y asesinato de su padre (DW, 2019).

Tercer caso de análisis: Carmen Aristegui Flores. Sus investigaciones periodísticas han sido reconocidas por medio de más de una treintena de reconocimientos nacionales e internacionales, entre sus publicaciones destacan un alto sentido de ética periodística e impecables documentaciones que han revelado actos de corrupción de todas las esferas de poder en México. Algunas de las investigaciones que conmocionaron al país fueron plasmadas en libros como el de Marcial Maciel historia de un crimen (Aristegui, 2010), o bien redes de prostitución operadas por redes del Partido Revolucionario Institucional (PRI), investigaciones internacionalmente reconocidas como La casa blanca de Peña Nieto (Aristegui 2014); donde se revela un complejo entramado de redes de corrupción entre constructoras que tenían multimillonarios contratos gubernamentales que aparecían como propietarias del inmueble con un valor de más de siete millones de dólares que la esposa Angélica Rivera entonces primera dama ostentaba públicamente como suya desde antes que ganara las elecciones a la presidencia en 2012.

También expuso la tesis para obtener grado de licenciado en derecho de Peña Nieto; también encontró plagios por al menos 29% en la tesis para obtener el grado de licenciado en derecho en la Universidad Panamericana (Aristegui, Huerta, Barragán, Fierro y Cabrera, 2016). El expediente secreto de la boda Peña-Rivera; en el cual se demostró que la Arquidiócesis Primada de la iglesia católica estuvo involucrada en actos de corrupción para anular ilegalmente la primera unión católica de Angélica Rivera Hurtado la entonces prometida del ahora expresidente Enrique Peña Nieto y así poder unir a la pareja presidencial en matrimonio católico, como una táctica de mercadotecnia política con finales electorales. Dicha unión ha sido oficialmente desconocida por el Vaticano (Aristegui, 2016).

Debido a estas y otras investigaciones le fue rescindido su contrato como periodista y presentadora de su propio programa de noticias en MVS multimedios, también fue víctima de acoso judicial por parte del gobierno, y de amenazas por parte de empresarios vinculados a sus indagaciones. A pesar de recibir constantes réplicas, ninguna de ellas ha sido debidamente fundada o comprobada. Ella ha padecido una larga lista de violencias, lo que le favorece es que pertenece a las élites que la apoyan y en gran medida a la confianza de la ciudadanía, cada vez que el gobierno la ha atacado han surgido movimientos ciudadanos en su defensa.

Cuarto caso de análisis: Ana Lilia Pérez Mendoza. Sus líneas de investigación íntimamente entrelazadas con los actores que destacan en ellas son trabajadores de todos los rangos y niveles de Petróleos Mexicanos, de la Fuerza Amada, políticos, empresarios y narcotraficantes. En su trilogía de publicaciones inicia una serie de investigaciones con Camisas Azules, Manos Negras. El saqueo de Pemex desde Los Pinos (2010) y El Cártel Negro. Cómo el crimen organizado se ha apoderado de Pemex (2011), Pemex RIP (2012), documenta el desmantelamiento de una de las principales empresas petroleras del país y del mundo. En los cuales se revela un extenso catálogo de delitos graves como enriquecimiento ilícito, sobornos, etc. cometidos por funcionarios y empleados de dicha paraestatal.

Así mismo, en su libro verdugos (Pérez, 2016) revela principalmente violaciones graves a derechos humanos de los migrantes a manos de miembros del ejército; encubrimiento entre miembros de dichos organismos y cuestiona críticamente la alta incidencia de enfermedades mentales en miembros del ejército. Así como también realiza profundas críticas a las omisiones de protección del gobierno en cuanto a derechos humanos de los migrantes. La autora por más de dos años tuvo que exiliarse fuera de México por razones de seguridad. Mientras escribía sus investigaciones fue víctima de acoso judicial y por representantes legales de Petróleos Mexicanos, afirmando que ella abusaba de su derecho a la información (García, 2013). Sus investigaciones develan la urgencia en cuanto a la rendición de cuentas y transparencia de los sectores públicos y privados.

 

CONCLUSIONES

El objetivo del presente análisis fue el de declarar a quienes ejercen el periodismo feminista como defensores de derechos humanos. Procurar el bienestar de las protagonistas de los hechos noticiosos es desnaturalizar el estado androcéntrico, jerárquico y dicotómico de las cosas. La defensa de derechos humanos se actualiza por medio de la praxis, en este caso, por medio del periodismo feminista.

Si bien hay corrientes que sostienen que el periodismo debe ser neutral, es ético que la prensa corrija sesgos patriarcales en la interpretación y enunciación de la realidad que perciben las audiencias.

La denuncia ante la prensa es tan legítima y válida en la disputa por el reconocimiento de derechos como la denuncia jurídica. La diferencia se encuentra en que ambas tienen procesos investigativos y metodológicos distintos entre sí para llegar a la verdad. Ambas tienen alcances que tienen el potencial de cambiar su entorno.

La violencia hacia la prensa obstaculiza, no sólo el trabajo de las periodistas sino también que las audiencias puedan acceder a sus derechos. Siendo la libertad de prensa, en consecuencia, un derecho llave a otros derechos.

Para estar en la posición de ofrecer información que sea de utilidad para las mujeres, también necesitamos la ética en el trato a las periodistas, así como del pleno desarrollo del periodismo feminista que desdibuje patrones sexistas.

Si bien, los contenidos responden a la demanda de las audiencias, es imprescindible el trabajo de las comunicadoras de hacer que las mujeres se interesen en temas que son relevantes para ejercer sus propios derechos. Esto constituye un reto frente a la estigmatización del periodismo y su déficit de credibilidad, las cada vez más frecuentes fake news que obstruyen el acceso a información de calidad.

Si las audiencias no exigen contenido reflexivo que incite al pensamiento crítico y constructivo, eso hará más vulnerables a los medios libres e independientes y dará pie al crecimiento de medios amarillistas. Si bien, es imposible censurar los diversos sesgos ideológicos de los comunicadores, es necesaria crear una cultura de educación a las audiencias que demanden información de calidad. Para esto, es imprescindible que las audiencias tengan que pagar por la información. De lo contrario, esto convierte en editores quienes ostentan el poder económico y político, al financiar los medios de comunicación.

En este texto se enuncia la necesidad de informar bajo una perspectiva feminista, no obstante, nace la interrogante de cómo establecer un parámetro de medición feminista en los medios ya que no existe un solo tipo de feminismo. Es necesario reconocer que coexisten muchos tipos de mujeres en el territorio nacional y que hablar en singular de “la mujer” o “el feminismo” sería desconocer las múltiples condiciones y posiciones en el espacio público y privado. Por lo que limitarnos a un “feminismo” es censurar y lesionar la libertad de otros tipos de periodismos.

Debido al rigor en la investigación periodística las denuncias en medios también deben ser consideradas legítimas, incluso como un candado contra la corrupción e impunidad. La denuncia en medios ha demostrado que tiene fuertes alcances, las periodistas tienen el deber de publicar lo que le es incómodo a los grupos de poder.

Todas las periodistas sujetas al presente estudio en uno o varios momentos de sus vidas han tenido que exiliarse fuera de México ya que el propio gobierno mexicano, que es el ente comisionado de garantizar su protección es quien principalmente se ha encargado de violentarlas y estigmatizarlas. Si la prensa reconoce la dignidad de las mujeres en todas sus esferas, sentará bases en el reconocimiento de los derechos de sus trabajadoras.

Los grupos de delincuencia organizada estadísticamente ejercen violencia muy baja contra las y los periodistas, ya que no les incomoda tanto que sean señalados como criminales ya que ellos tienen asumido que esa es la expectativa social difundida sobre sus actividades.  Parte de estas expectativas se reflejan en una masculinidad violenta. En contraste con los políticos y gobernantes, la imagen que deben asumir debe verse congruente con la imagen de confianza que tienen el mandato social que performar.

Los organismos internacionales de protección a periodistas y gobiernos han tenido que subsidiar una responsabilidad que originalmente le corresponde al Estado mexicano. Ya que principalmente, el Estado es el ente que más ejerce violencia contra la prensa.

Las periodistas feministas al ser consideradas defensoras de derechos humanos, deben gozar de los derechos y prerrogativas jurídicas que estipule la ley.

Si bien, tradicionalmente los códigos deontológicos exigen a los y las periodistas no formar parte de la noticia y usar tonos planos que no reflejen emociones o postura alguna. Esto no les hace ajenos a los hechos que reportean, por lo que es necesario crear empatía con los sujetos más allá de ser material noticioso y que sean bienvenidas nuevas formas creativas de periodismo que inviten a la indignación, reflexión y actuación colectiva en beneficio de la sociedad.

Puede afirmarse que la libertad de expresión sirve para mejorar la calidad de la toma de decisiones públicas, reducir el nivel de corrupción en el gobierno y promover el progreso científico. Es una libertad valiosa por sí misma.

Al salvaguardar la vida e integridad de las periodistas como defensoras de derechos humanos, estarán en condiciones propicias para ejercer la libertad de prensa. En consecuencia, van a tener mayor margen de actuación y herramientas para garantizar el derecho de acceso a la información de las audiencias.

Si bien la presente indagación, puede ser aplicable a otros países latinoamericanos con situaciones análogas al caso de México. Es necesario analizar el tejido sociopolítico de cada lugar y los feminismos aplicables a cada contexto social.

 

FINANCIAMIENTO

La presente investigación se desarrolló por el financiamiento para estudios de posgrado del Instituto para el desarrollo y atención de las juventudes (EDUCAFIN) en el Estado de Guanajuato, México.

 

AGRADECIMIENTO

Al Instituto para el desarrollo y atención de las juventudes (EDUCAFIN) en el Estado de Guanajuato, México. Y a la tutoría proporcionada por la Universidad de Valencia, España.

 

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